REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, veinte (20) de septiembre del dos mil seis (2006).
Años y Federación 196º y 147º
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2006-000267
PARTE ACTORA: NELLY ZULIA HERNANDEZ ZARATE, titular de la cédula de identidad N° 12.163.618
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: BLADIMIR ARCILA VELASQUEZ abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 98.448
PARTE DEMANDADA: “FLORIDA SHOP Y.K., S.R.L.”, debidamente inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas en fecha 22 de Mayo de 1.998, anotada bajo el N° 30, Tomo 8-A.
ACCIONISTA DE LA EMPRESA “FLORIDA SHOP Y.K., S.R.L., FIALEH EL MUTY YAMAL K. titular de la cédula de identidad N° 81.963.828
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA JESUS CASTELLANO abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 42.051
MOTIVO:”COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS“
En el día hábil de hoy miércoles, veinte (20) de septiembre del año dos mil seis (2006), siendo las once y treinta minutos (11:30 p.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio o apertura de la Audiencia Preliminar se deja constancia que se encuentran presentes los ciudadanos: BLADIMIR ARCILA VELASQUEZ Apoderado Judicial de la parte actora, el ciudadano FIALEH EL MUTY YAMAL K. en su carácter de accionista de la empresa demandada y el profesional del derecho JESUS CASTELLANO Abogado Asistente del demandado, todos plenamente identificados ut-supra. Dándose así inicio al acto y la parte demandada ofrece como pago de lo adeudado la cantidad de CUATRO MILLONES DE BOLIVARES EXACTOS (Bs. 4.000.000), correspondiente al pago de Prestaciones Sociales y otros beneficios, lo cual se describe de la siguiente forma: -------------------------------------------------
Trabajadora: NELLY ZULIA HERNANDEZ ZARATE
Cédula de Identidad: V- 12.163.618
Empresa: “FLORIDA SHOP Y.K., S.R.L.”.
Fecha de Ingreso: 18/08/2003
Fecha de Egreso: 20/08/2005
1.- ANTIGÜEDAD ART. 108 LOT: Bs. 845.563,32
2.- VACACIONES PENDIENTES: Bs. 512.920,48
3.- DIFERENCIA SALARIO MINIMO: Bs. 881.035,26
4.-SALARIOS CAIDOS: Bs. 2.712.299,22
5.- DESPIDO Y PREAVISO INJUSTIF: Bs. 1.084.930,40
6.- UTILIDADES FRACCIONADAS: 30 días Bs. 308.724,20
TOTAL Bs. 6.345.472,88
Y a los fines de llegar a un acuerdo amistoso y poner fin a la controversia planteada, la parte demandada ofrece pagar al demandante CUATRO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 4.000.000,oo), quien acepta conforme y dicha cantidad será pagada en dos partes; una parte en este acto, cuyo monto es de Bs. 2.000.000,oo mediante cheque del Banco BANESCO con Nº 39480454 de fecha 20-09-2006 y librado a favor de la ciudadana NELLY HERNANDEZ., y el día 09-10-2006 será cancelada la cantidad restante de Bs. 2.000.000,oo por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial. En consecuencia, este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, visto como es que la conciliación ha sido positiva y que el presente acuerdo no vulnera derechos del Trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES Y LE DA EFECTO DE COSA JUZGADA, razón por la cual se ordenará el cierre y archivo del expediente, cuando conste en autos que la parte actora recibió conforme el monto acordado. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,
DR. GUSTAVO ROMERO LAS PARTES COMPARECIENTES
APODERADO JUDICIAL DE
LA PARTE ACTORA,
ACCIONISTA DE LA EMPRESA
DEMANDADA
ABOGADO ASISTENTE DE
LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA,
ABG. MAGJOHLY FARÍAS
EXP. Nº WP11-L-2006-000267
“DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES”
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