REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, ( 24 ) de ABRIL del año dos mil siete (2007).-

196° y 147°

Instruida como ha sido la presente solicitud, presentada por el (la) (los) la ciudadana (o) la (s): MANUEL RODRÍGUEZ RODRIGUEZ titular (es) de la (s) Cédula (s) de Identidad Número (s). V- 2.903.180, asistido por el ciudadano CARLOS MEDINA MEZA, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el No 43.208, y consignado como ha sido el documento de propiedad debidamente protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Vargas del Estado Vargas, bajo el Nro. 07, folio 45 vto., protocolo 1°, tomo 20, Macuto, fecha 28 de junio del año 1978, del cual se desprende que la solicitante MANUEL RODRÍGUEZ RODRIGUEZ, es el propietario del terreno sobre el cual se encuentran construidas las bienhechurías objeto de la presente solicitud, el Tribunal, en todo caso dejando a salvo los derechos de terceros, lo declara TITULO SUPLETORIO sobre las mejoras de las bienhechurías descrita en la solicitud, para asegurar la posesión o algún derecho de la solicitante de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase original con sus resultas.-Cúmplase
LA JUEZ

EL SECRETARIO


DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM
LENNYS PINTO IZAGUIRRE

En la misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de (36) folios útiles, quedando anotado bajo el Nro. 4457
EL SECRETARIO



LENNYS PINTO IZAGUIRRE

ED’AA/LPI/M