REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO VARGAS
197º Y 148º
EXPEDIENTE No. 9901.-
MOTIVO: PARTICION Y LIQUIDACION DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL.-
SOLICITANTES: ERICK SAID AGUILERA ACOSTA Y NORKA CECILIA PIÑA CONDE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 7.991.204 y V-12.164.211 respectivamente.-
ABOGADO ASISTENTE: JUDITH FAJARDO, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el inpreabogado bajo el No. 104.623.-
Se inició el presente procedimiento mediante solicitud de PARTICION Y LIQUIDACION DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, formulada por los ciudadanos: ERICK SAID AGUILERA ACOSTA Y NORKA CECILIA PIÑA CONDE, Asistidos de la Dra. JUDITH FAJARDO.-
Narraron en la solicitud:
Que en sentencia dictada por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, se ordenó la disolución de la comunidad conyugal, por lo que procedieron de mutuo y amistoso acuerdo a partir el bien que integra la comunidad conyugal de la manera siguiente:
1.- El bien inmueble constituido por unas bienhechurías consistentes en una vivienda ubicada en la parte alta de una casa propiedad de la ciudadana Herminia Conde de Piña, ubicada en el Barrio San Termo, Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del Estado Vargas. Cuyos linderos son: Norte: Quebrada del Cero San Termo; Sur: Cerro San Termo; Este: Con casa que es o fue del señor Germán Ramírez y Oeste: Con camino principal del Barrio San Termo, que tiene una superficie aproximada de 21 mts, de largo por 6,10 mts de ancho; le corresponde al ciudadano ERICK SAID AGUILERA ACOSTA.-
2.- Los bienes muebles tales como, juego de dormitorio, recibo, comedor y enseres electrodomésticos, le corresponde a la ciudadana NORKA CECILIA PIÑA CONDE.-
3.- El Derecho de adjudicación realizada por el Instituto Autónomo Fondo Nacional de Desarrollo Urbano (FONDUR), de una vivienda ubicada en: urbanización montaña Fresca, Maracay Estado Aragua y todo beneficio posterior en cuanto a la propiedad del inmueble le corresponde a la ciudadana: NORKA CECILIA PIÑA CONDE,.-
El Tribunal por cuanto la presente Partición de mutuo y amistoso acuerdo entre las partes ampliamente identificadas, no es contraria al orden público, a las buenas costumbres, ní a disposición expresa de la Ley, LA HOMOLOGA en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto y LE DA FUERZA DE COSA JUZGADA. Y ASI SE DECIDE.-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dado, Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. En Maiquetía, a los Veintisiete ( 27 ) días del mes de Abril del dos mil siete (2007). A los 197º años de la Independencia y a los 148º años de la Federación.-
LA JUEZ,
DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM
EL SECRETARIO,
LENNYS PINTO IZAGUIRRE
En la misma fecha del día de hoy se dictó y publicó la anterior decisión siendo las diez de la mañana (10:00 a. m.).-
EL SECRETARIO,
LENNYS PINTO IZAGUIRRE
ED´AA/LPI/zayda
Exp. No. 9901.-
|