REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, 23 de abril de 2007.-

197º y 148º

Vista la diligencia anterior de fecha 18 de abril de 2007 (f. 82), presentada por el abogado JULIO PÉREZ VIVAS, con Inpreabogado No. 28.440, actuando con el carácter de co-apoderado Judicial de la Parte Actora BANCO MERCANTIL C.A. y por cuanto en la misma diligencia informa que la totalidad de la deuda fue cancelada por la parte demandada, el Tribunal, conforme a lo solicitado, ordena levantar la medida de prohibición de enajenar y gravar sobre unas mejoras construidas sobre un lote de terreno ejido según contrato de arrendamiento No. 8.189, consistentes en un galpón industrial con todas sus adherencias y dependencias, distinguido con el No. 11-30 de la nomenclatura municipal, con número catastral 04-03-24-28, edificado de paredes de bloque de arcilla, techo de asbesto sobre estructura metálica y pisos de granito y de cemento, constante de tres baños, vestuario y patio interno, ubicado en la carrera 3 entre calles 11 y 12, sector La Ermita, jurisdicción de la Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Mejoras que son o fueron de Josefa Varela viuda de Angulo, mide veintiséis metros con sesenta centímetros (26,60 m); SUR: Mejoras que son o fueron de GUILLERMO ROSALES, mide veintiséis metros con ochenta y cinco centímetros (26,85 m); ESTE: Mejoras que son o fueron de FRANKLIN GUERRERO, mide dieciséis metros con sesenta centímetros (16,60 m) y OESTE: Carrera 3 mide catorce metros con ochenta centímetros (14,80 m). El inmueble descrito pertenece a EFRAÍN HERNÁNDEZ PORRAS, según consta de documentro protocolizado ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro Público del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira y sobre dichas mejoras pesa HIPOTECA CONVENCIONAL DE PRIMER GRADO, según consta de documento protocolizado ante la mencionada Oficina, bajo el No. 21, tomo 002, protocolo primero, de fecha 12 de julio de 1999. Ofíciese lo conducente al Registrador respectivo. Josué Manuel Contreras Zambrano. El Juez Temporal (fdo.). Jocelynn Granados. La Secretaria (fdo.). JMCZ/cm.-. Exp. 18.916. En la misma fecha se libró oficio No. ______.