REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO
Barrancas, Municipio Cárdenas Estado Táchira, martes 17 de abril de 2007, siendo las 12:00 del mediodía, se trasladó y constituyó éste Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, junto con los abogados Jesús Alfonso Vivas Terán y Consuelo Barrios Trejo, apoderados judiciales de Paula Pérez de Vivas de Monsalve y otros, titulares de la cédula de identidad N° V- 3.309.131 y V-5.658.988 e Inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 22.813 y 82.994, en un inmueble ubicado en Barrancas parte baja, avenida 3, N° 5-18, Municipio Cárdenas Estado Táchira, a fin de llevar a cabo la medida de secuestro decretada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de ésta Circunscripción Judicial, demanda incoada por Paula Pérez de Vivas y otros contra Carmen Rosa Vivas de Díaz y otros por Partición de Herencia, expediente N° 32.495. Se encuentra presente el ciudadano José Cirbio Díaz, titular de la cédula de identidad N° V- 2.474.123, cónyuge de la codemandada Carmen Rosa Vivas de Díaz, quien fue notificado de la misión y objeto del Tribunal y quien permite el acceso del Tribunal al inmueble. Seguidamente la Secretaria pasa a dar cumplimiento a lo pautado en el oficio N° TPE-01680 de fecha 04 de julio de 2001, donde ordena dejar constancia de todas las personas, funcionarios y auxiliares de justicia intervinientes en el acto, el Tribunal deja constancia que se hizo acompañar del Cabo II Víctor Angarita, placa 305, Funcionario de Politáchira. Ahora bien, por cuanto el derecho a la defensa es un derecho inherente a la persona humana garantizado y protegido en todo grado y estado del proceso y por sea la fase de ejecución una fase del proceso, se le concede al notificado un lapso de 30 minutos para que se comunique con la demandada para que por sí o por medio de Abogado defienda sus derechos e intereses de conformidad con lo establecido en el articulo 49, ordinal primero de la Constitución Nacional, desarrollado jurisprudencialmente por el Tribunal Supremo de Justicia, Sala Constitucional, Sentencia N° 10, de fecha 02/02/2000 en concordancia con el articulo 8 de la Convención Universal de los Derechos Humanos, todo por aplicación del articulo 23 de la Carta Magna, suspendiendo el acto por dicho lapso. Siendo las 12:20 del mediodía se hizo presente la ciudadana Carmen Rosa Vivas de Díaz, titular de la cédula de identidad N° V- 3.193.877, demandada de autos, quien fue notificada de la misión y objeto del Tribunal. En éste estado los apoderados judiciales de la parte actora abogados Jesús Alfonso Vivas Terán y Consuelo Barrios Trejo, solicitan al ciudadano Juez proceda a secuestrar un lote de terreno propio con mejoras sobre él construidas, consistente en una construcción antigua de paredes de ladrillo, techo de teja, posos de cemento pulido, de 22 mts de frente por 10 mts de fondo, ubicado en Barrancas parte baja, avenida 3 N° 5118, Estado Táchira, alinderado así: NORTE: Con predios de Carmen Díaz, mide 10 mts; SUR: Con José Díaz y Carmen de Díaz, mide 10 mts; ESTE: Con calle pública, mide 22 mts y OESTE: Con propiedades que son o fueron de Lorenzo, mide 22 mts. Solicito se designe perito y depositaria judicial a los fines de materializar la medida. En éste estado se hace presente la abogada Nilda Alida Valero Delgado, titular de la cédula de identidad N° V- 11.105.490 e Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 58.630, quien asistirá a la ciudadana Carmen Vivas de Díaz. Seguidamente el ciudadano Juez designa como perito al ciudadano Mario Alberto Tovar, titular de la cédula de identidad N° V- 1.528.319 y como depositaria a la Depositaria Judicial La Seguridad, representada en éste acto por el ciudadano Carlos Arturo Sánchez, titular de la cédula de identidad N° V- 1.555.677, quienes estando presentes aceptan los cargos y prestan el debido juramento de Ley. En éste estado el perito rinde su informe en la forma siguiente. El inmueble señalado se trata de un lote de terreno con mejoras sobre él construidas, consistentes en una casa para habitación construida con bloques de arcilla, con techo de bahareque frisado y teja, pisos de mosaico amarillos y verdes, con pasamanos en columnas de cemento, puertas de metal y vidrio, el techo tiene vigas de madera, instalaciones eléctricas en parte externas y en parte internas, ventanas en metal y vidrio tipo persiana, en su parte trasera se encuentra el área de servicio y solar, en general se encuentra en buenas condiciones de mantenimiento y pintura, el inmueble se encuentra cerrado por lo que no se puede dejar constancia de su distribución y estado interno, ya que por información de la demandada, esa casa está siendo ocupada por una inquilina. Seguidamente el ciudadano Juez visto lo informado por el perito, declara legalmente secuestrado el bien señalado y se declara la desposeción Jurídica y se le hace entrega a la Depositaria Judicial designada, quien manifiesta recibir conforme. En éste estado el apoderado actor Jesús Vivas, concedido que le fue el derecho de palabra expone: Solicito se libre Cartel de Notificación para ser fijado en la puerta del inmueble y el Tribunal se traslade hacia Barrancas Parte Alta, calle Miraflores, donde se encuentran las otras parcelas a secuestrar. El ciudadano Juez acuerda de conformidad y da por terminado el presente acto siendo la 1:00 de la tarde y se traslada de manera inmediata al sitio indicado por la parte actora. No siendo mas se da por terminado el acto, se acuerda librar Cartel de Notificación y dejar copia certificada de la presente acta para el copiador de actas llevado por éste Tribunal. Terminó y leída el acta sin presentar objeción conformes firman. Enmendado “Angarita, bahareque, frisado” Valen. Dr. Félix Antonio Matos. Juez Titular. (Fdo). Lugar del Sello. José Díaz. Notificado. (Fdo). Abg. Jesús Vivas y Consuelo Barrios Trejo. Apoderados Actores. (Fdo).Carmen Vivas de Díaz. Co-Demandada Notificada. (Fdo). Abg. María Alida Valero. Abogado Asistente. (Fdo). Mario Alberto Tovar. Perito. (Fdo). Carlos Arturo Sánchez. Perito. (Fdo). Cabo II. Víctor Angarita. Funcionario de Politáchira. (Fdo). Abg. Carmen B. Moreno Pérez. Secretaria. (Fdo).