REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
San Cristóbal, estado Táchira, veinticuatro (24) de Abril de Dos mil siete, siendo las 8:00 de la mañana se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guasimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, junto con la parte actora ciudadana Ludy Edith Gómez Antolinez, titular de la cédula de identidad No.V-22.632.698y se hizo acompañar Cabo II Víctor Angarita, Placa 305, Funcionario de Politàchira; en la parte externa de un inmueble ubicado en Puente Real, Pasaje Guasdualito, Casa No. 13-12, San Cristóbal, estado Táchira, a fin de llevar a efecto la Medida de Secuestro decretada por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Sala de Juicio No. 02, demanda incoada por Ludy Edith Gómez Antolinez contra el ciudadano Armando Guerrero Ortiz, por Obligación Alimentaría, Expediente No.47083. Seguidamente la ciudadana Ludy Edith Gómez Antolinez, solicitó el derecho de palabra y concedido que le fue expone: Pido muy respetuosamente al ciudadano Juez por cuanto en el inmueble no responde persona alguna ni se encuentra el demandado suspenda la presente ejecución, solicitando igualmente se sirva oficiar al Cuerpo de Vigilancia de Transporte y Transito Terrestre No. 61 de San Cristóbal a los fines de la retención del vehículo objeto de la medida de Secuestro, así mismo solicito se sirva oficiar a la Defensoría Publica con competencia en Niños y Adolescentes del estado Táchira a fin de que me asistan en la continuación del proceso y regresemos a la sede del Tribunal. No siendo otro el objeto del Tribunal, el ciudadano Juez acuerda de conformidad en consecuencia: 1.- Ofíciese al Cuerpo de Vigilancia de Transporte y Transito Terrestre No. 61 del estado Táchira a fin de que retenga el vehículo Marca:
Chevrolet, Modelo: Corsa; Placa: LAI28A, Color: Azul; Serial carrocería: 8Z1SC21Z62V28782; Serial Motor: ACV318521. 2.- Ofíciese a la Defensoria
Pública con Competencia en Niños y Adolescentes del estado Táchira, a fin de que asistan a la ciudadana Ludy Edith Gómez Antolinez, en la presente ejecución y continuación del presente juicio. 3.- Suspéndase la presente ejecución, y regresase a la sede natural del Tribunal siendo la 9:00 de la mañana. Se acuerda dejar copia certificada de la presente acta para el copiador de actas llevado por este Tribunal- De conformidad con lo establecido en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, la secretaria da lectura a la presente acta, sin presentar ninguna objeción, conformes firman. ABG. FELIX ANTONIO MATOS. JUEZ TITULAR. LUGAR DEL SELLO. LUDY EDITH GOMEZ ANTOLINEZ. PARTE ACTORA (Fdo.) CABO II VICTOR ANGARITA. FUNCIONARIO DE POLITACHIRA (Fdo.) ABG. CARMEN B. MORENO PEREZ. LA SECRETARIA (Fdo.)
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JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
San Cristóbal, estado Táchira, veinticuatro (24) de Abril de Dos mil siete, siendo las 8:00 de la mañana se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guasimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, junto con la parte actora ciudadana Ludy Edith Gómez Antolinez, titular de la cédula de identidad No.V-22.632.698y se hizo acompañar Cabo II Víctor Angarita, Placa 305, Funcionario de Politàchira; en la parte externa de un inmueble ubicado en Puente Real, Pasaje Guasdualito, Casa No. 13-12, San Cristóbal, estado Táchira, a fin de llevar a efecto la Medida de Secuestro decretada por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Sala de Juicio No. 02, demanda incoada por Ludy Edith Gómez Antolinez contra el ciudadano Armando Guerrero Ortiz, por Obligación Alimentaría, Expediente No.47083. Seguidamente la ciudadana Ludy Edith Gómez Antolinez, solicitó el derecho de palabra y concedido que le fue expone: Pido muy respetuosamente al ciudadano Juez por cuanto en el inmueble no responde persona alguna ni se encuentra el demandado suspenda la presente ejecución, solicitando igualmente se sirva oficiar al Cuerpo de Vigilancia de Transporte y Transito Terrestre No. 61 de San Cristóbal a los fines de la retención del vehículo objeto de la medida de Secuestro, así mismo solicito se sirva oficiar a la Defensoría Publica con competencia en Niños y Adolescentes del estado Táchira a fin de que me asistan en la continuación del proceso y regresemos a la sede del Tribunal. No siendo otro el objeto del Tribunal, el ciudadano Juez acuerda de conformidad en consecuencia: 1.- Ofíciese al Cuerpo de Vigilancia de Transporte y Transito Terrestre No. 61 del estado Táchira a fin de que retenga el vehículo Marca:
Chevrolet, Modelo: Corsa; Placa: LAI28A, Color: Azul; Serial carrocería: 8Z1SC21Z62V28782; Serial Motor: ACV318521. 2.- Ofíciese a la Defensoria
Pública con Competencia en Niños y Adolescentes del estado Táchira, a fin de que asistan a la ciudadana Ludy Edith Gómez Antolinez, en la presente ejecución y continuación del presente juicio. 3.- Suspéndase la presente ejecución, y regresase a la sede natural del Tribunal siendo la 9:00 de la mañana. Se acuerda dejar copia certificada de la presente acta para el copiador de actas llevado por este Tribunal- De conformidad con lo establecido en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, la secretaria da lectura a la presente acta, sin presentar ninguna objeción, conformes firman. ABG. FELIX ANTONIO MATOS. JUEZ TITULAR. LUGAR DEL SELLO. LUDY EDITH GOMEZ ANTOLINEZ. PARTE ACTORA (Fdo.) CABO II VICTOR ANGARITA. FUNCIONARIO DE POLITACHIRA (Fdo.) ABG. CARMEN B. MORENO PEREZ. LA SECRETARIA (Fdo.)
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San Cristóbal, estado Táchira, veinticuatro (24) de Abril de Dos mil siete, siendo las 8:00 de la mañana se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guasimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, junto con la parte actora ciudadana Ludy Edith Gómez Antolinez, titular de la cédula de identidad No.V-22.632.698y se hizo acompañar Cabo II Víctor Angarita, Placa 305, Funcionario de Politàchira; en la parte externa de un inmueble ubicado en Puente Real, Pasaje Guasdualito, Casa No. 13-12, San Cristóbal, estado Táchira, a fin de llevar a efecto la Medida de Secuestro decretada por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Sala de Juicio No. 02, demanda incoada por Ludy Edith Gómez Antolinez contra el ciudadano Armando Guerrero Ortiz, por Obligación Alimentaría, Expediente No.47083. Seguidamente la ciudadana Ludy Edith Gómez Antolinez, solicitó el derecho de palabra y concedido que le fue expone: Pido muy respetuosamente al ciudadano Juez por cuanto en el inmueble no responde persona alguna ni se encuentra el demandado suspenda la presente ejecución, solicitando igualmente se sirva oficiar al Cuerpo de Vigilancia de Transporte y Transito Terrestre No. 61 de San Cristóbal a los fines de la retención del vehículo objeto de la medida de Secuestro, así mismo solicito se sirva oficiar a la Defensoría Publica con competencia en Niños y Adolescentes del estado Táchira a fin de que me asistan en la continuación del proceso y regresemos a la sede del Tribunal. No siendo otro el objeto del Tribunal, el ciudadano Juez acuerda de conformidad en consecuencia: 1.- Ofíciese al Cuerpo de Vigilancia de Transporte y Transito Terrestre No. 61 del estado Táchira a fin de que retenga el vehículo Marca:
Chevrolet, Modelo: Corsa; Placa: LAI28A, Color: Azul; Serial carrocería: 8Z1SC21Z62V28782; Serial Motor: ACV318521. 2.- Ofíciese a la Defensoria
Pública con Competencia en Niños y Adolescentes del estado Táchira, a fin de que asistan a la ciudadana Ludy Edith Gómez Antolinez, en la presente ejecución y continuación del presente juicio. 3.- Suspéndase la presente ejecución, y regresase a la sede natural del Tribunal siendo la 9:00 de la mañana. Se acuerda dejar copia certificada de la presente acta para el copiador de actas llevado por este Tribunal- De conformidad con lo establecido en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, la secretaria da lectura a la presente acta, sin presentar ninguna objeción, conformes firman. ABG. FELIX ANTONIO MATOS. JUEZ TITULAR. LUGAR DEL SELLO. LUDY EDITH GOMEZ ANTOLINEZ. PARTE ACTORA (Fdo.) CABO II VICTOR ANGARITA. FUNCIONARIO DE POLITACHIRA (Fdo.) ABG. CARMEN B. MORENO PEREZ. LA SECRETARIA (Fdo.)
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JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
San Cristóbal, estado Táchira, veinticuatro (24) de Abril de Dos mil siete, siendo las 8:00 de la mañana se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guasimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, junto con la parte actora ciudadana Ludy Edith Gómez Antolinez, titular de la cédula de identidad No.V-22.632.698y se hizo acompañar Cabo II Víctor Angarita, Placa 305, Funcionario de Politàchira; en la parte externa de un inmueble ubicado en Puente Real, Pasaje Guasdualito, Casa No. 13-12, San Cristóbal, estado Táchira, a fin de llevar a efecto la Medida de Secuestro decretada por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Sala de Juicio No. 02, demanda incoada por Ludy Edith Gómez Antolinez contra el ciudadano Armando Guerrero Ortiz, por Obligación Alimentaría, Expediente No.47083. Seguidamente la ciudadana Ludy Edith Gómez Antolinez, solicitó el derecho de palabra y concedido que le fue expone: Pido muy respetuosamente al ciudadano Juez por cuanto en el inmueble no responde persona alguna ni se encuentra el demandado suspenda la presente ejecución, solicitando igualmente se sirva oficiar al Cuerpo de Vigilancia de Transporte y Transito Terrestre No. 61 de San Cristóbal a los fines de la retención del vehículo objeto de la medida de Secuestro, así mismo solicito se sirva oficiar a la Defensoría Publica con competencia en Niños y Adolescentes del estado Táchira a fin de que me asistan en la continuación del proceso y regresemos a la sede del Tribunal. No siendo otro el objeto del Tribunal, el ciudadano Juez acuerda de conformidad en consecuencia: 1.- Ofíciese al Cuerpo de Vigilancia de Transporte y Transito Terrestre No. 61 del estado Táchira a fin de que retenga el vehículo Marca:
Chevrolet, Modelo: Corsa; Placa: LAI28A, Color: Azul; Serial carrocería: 8Z1SC21Z62V28782; Serial Motor: ACV318521. 2.- Ofíciese a la Defensoria
Pública con Competencia en Niños y Adolescentes del estado Táchira, a fin de que asistan a la ciudadana Ludy Edith Gómez Antolinez, en la presente ejecución y continuación del presente juicio. 3.- Suspéndase la presente ejecución, y regresase a la sede natural del Tribunal siendo la 9:00 de la mañana. Se acuerda dejar copia certificada de la presente acta para el copiador de actas llevado por este Tribunal- De conformidad con lo establecido en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, la secretaria da lectura a la presente acta, sin presentar ninguna objeción, conformes firman. ABG. FELIX ANTONIO MATOS. JUEZ TITULAR. LUGAR DEL SELLO. LUDY EDITH GOMEZ ANTOLINEZ. PARTE ACTORA (Fdo.) CABO II VICTOR ANGARITA. FUNCIONARIO DE POLITACHIRA (Fdo.) ABG. CARMEN B. MORENO PEREZ. LA SECRETARIA (Fdo.)
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JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
San Cristóbal, estado Táchira, veinticuatro (24) de Abril de Dos mil siete, siendo las 8:00 de la mañana se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guasimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, junto con la parte actora ciudadana Ludy Edith Gómez Antolinez, titular de la cédula de identidad No.V-22.632.698y se hizo acompañar Cabo II Víctor Angarita, Placa 305, Funcionario de Politàchira; en la parte externa de un inmueble ubicado en Puente Real, Pasaje Guasdualito, Casa No. 13-12, San Cristóbal, estado Táchira, a fin de llevar a efecto la Medida de Secuestro decretada por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Sala de Juicio No. 02, demanda incoada por Ludy Edith Gómez Antolinez contra el ciudadano Armando Guerrero Ortiz, por Obligación Alimentaría, Expediente No.47083. Seguidamente la ciudadana Ludy Edith Gómez Antolinez, solicitó el derecho de palabra y concedido que le fue expone: Pido muy respetuosamente al ciudadano Juez por cuanto en el inmueble no responde persona alguna ni se encuentra el demandado suspenda la presente ejecución, solicitando igualmente se sirva oficiar al Cuerpo de Vigilancia de Transporte y Transito Terrestre No. 61 de San Cristóbal a los fines de la retención del vehículo objeto de la medida de Secuestro, así mismo solicito se sirva oficiar a la Defensoría Publica con competencia en Niños y Adolescentes del estado Táchira a fin de que me asistan en la continuación del proceso y regresemos a la sede del Tribunal. No siendo otro el objeto del Tribunal, el ciudadano Juez acuerda de conformidad en consecuencia: 1.- Ofíciese al Cuerpo de Vigilancia de Transporte y Transito Terrestre No. 61 del estado Táchira a fin de que retenga el vehículo Marca:
Chevrolet, Modelo: Corsa; Placa: LAI28A, Color: Azul; Serial carrocería: 8Z1SC21Z62V28782; Serial Motor: ACV318521. 2.- Ofíciese a la Defensoria
Pública con Competencia en Niños y Adolescentes del estado Táchira, a fin de que asistan a la ciudadana Ludy Edith Gómez Antolinez, en la presente ejecución y continuación del presente juicio. 3.- Suspéndase la presente ejecución, y regresase a la sede natural del Tribunal siendo la 9:00 de la mañana. Se acuerda dejar copia certificada de la presente acta para el copiador de actas llevado por este Tribunal- De conformidad con lo establecido en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, la secretaria da lectura a la presente acta, sin presentar ninguna objeción, conformes firman. ABG. FELIX ANTONIO MATOS. JUEZ TITULAR. LUGAR DEL SELLO. LUDY EDITH GOMEZ ANTOLINEZ. PARTE ACTORA (Fdo.) CABO II VICTOR ANGARITA. UNCIONARIO DE POLITACHIRA (Fdo.) ABG. CARMEN B. MORENO PEREZ. LA SECRETARIA (Fdo.)