Comisión N° 761-2007. Motivo: Secuestro. Partes: Ciudadana: Ana Lizandra Duran de Contreras. Abog. Asistente. Iraima Alarcon Comitente: Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la circunscripción judicial del estado Táchira.-
En horas de despacho del día de hoy 11 de Abril del 2007, se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín, Rafael Urdaneta y Córdoba de la circunscripción judicial del estado Táchira, en un inmueble ubicado en la Av. 11 con Av.13 identificado con aviso Tech-cloth, adjunto a la vivienda, signada con el N° 18-07 del Sector Barrio San Martín, del Municipio Junín del Estado Táchira, a los fines de practicar medida de secuestro, para la cual fue comisionado este Tribunal, estando presente la parte actora, ciudadana Ana Lizandra Duran de Contreras, titular de la cédula de identidad N° 1.559.622, asistida por la abogado Iraima C Alarcón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 38.888 y del efectivo policial Roque Miguel Camargo Barrero, titular de la cédula de identidad N|.V- 17.056.836 y Eibar Noe Astorquia Castillo, titular de la cédula de identidad N°.V- 16.695.802, quienes en calidad de custodia acompañan al tribunal en la ejecución de la medida, se procedió a notificar de la misión objeto del tribunal a una persona que se identifico Carlos Alberto Manrique Martínez, titular de la cédula de identidad N°.V-9.143.181, en este estado se nombra como perito avaluador al ciudadano Ruben Dario Castro, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.V- 9.737.012 y como depositaria judicial a la ciudadana Ledy E Quintero Garcia, venezolana, titular de la cédula de identidad N°.V- 3.008.894, quienes estando presentes aceptaron el cargo, previo juramento de ley y entraron en el ejercicio de sus funciones. En este estado se ordena al perito evaluador a que proceda a constatar que el inmueble donde se encuentra constituido este Tribunal, sea a que se refiere al exhorto comisorio. El perito avaluador dando cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal informa, una vez verificado los linderos del inmueble donde se encuentra constituido este Tribunal, se pudo constatar que se trata no es los linderos lo que quise decir, sino la ubicación es la misma, que se refiere el despacho comisorio, siendo su identificación TECNI-CLOTH y se trata de un local con la dirección antes descrita, de medidas aproximadas 7x16 Mts2, piso de cemento, paredes de cemento frisadas, techo de zinc y vigas, tiene una pared divisoria y de las mismas dimensiones que la anterior, se encuentra dentro del local una oficina pequeña construida de material prefabricado, el acceso de entrada y salida se hace a través de un portón y además una puerta adjunta. Le doy un valor prudencial de VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (20.000.000,00Bs).En este estado se le concede un lapso prudencial a las partes y se le exhorta a que llegue a un arreglo favorable a ambos. En este estado se hace presente el abogado Miguel Angel Florez Meneses, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°.18.833, quien pasa a asistir al demandado notificado. En esta acta siendo las 3.30pm, se le da el derecho de palabra a la parte actora, asistida por la abogado Iraima Alarcón, antes identificada y concedido como le fue expuso: “ Solicito la habilitación del tiempo necesario, para practicar la medida solicitada.” Es todo Visto lo solicitado por la parte actora se acuerda de conformidad. En consecuencia se habilita el tiempo necesario, para la practica de la medida solicitada. Solicita el derecho de palabra el demandado, asistido por su abogado Miguel Angel Florez Meneses, ya identificado y concedido como le fue, expuso: “A los fines de dar por terminado el presente juicio, ofrezco a la parte demandante el siguiente ofrecimiento. Primero: La cantidad de UN MILLON SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (1.600.000,00Bs). Los cuales serán pagados de la siguiente manera: para el día 19 de Abril del presente año. Segundo. A los fines de dar por terminada la relación arrendaticia me comprometo a desocupar y entregar el inmueble objeto de este litigio, para la fecha que corresponde al ultimo día del mes de Febrero calendario del 2008, y el pago de arrendamiento (cánones) correspondientes a los meses antes indicados de la siguiente manera: los primeros cinco (5) meses por la cantidad de TRECIENTOS MIL BOLIVARES (300.000,00Bs) mensuales y los restantes cinco (5) meses. En la cantidad de CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (400.000,00Bs) mensuales, los cuales le serán pagados en dinero en efectivo, el día primero de cada mes a la ciudadana Ana Lizandra Duran de Contreras. Tercero: Igualmente me comprometo a entregar el inmueble pintado, reparación de techo y reparación de piso, igualmente de la forma como me fue entregado y todo aquello que en este momento no sea precisado como baños, lavamanos etc. En este estado presente la parte demandante, ciudadana Ana Lizandra de Contreras, ya identificada, asistida por la abogado Iraima Alarcón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 38.888. Expone: “Acepto en cada una de sus partes el ofrecimiento antes realizado por la parte demandada, pido a este tribunal, que envíe las presentes actuaciones al tribunal de la causa y ambas partes manifiestan ,que piden al tribunal de la causa la correspondiente homologación.” Es todo. Visto lo solicitado por las partes este tribunal lo acuerda de conformidad a tal efecto remitese la presente comisión al tribunal de la causa. Se ordena que por secretaria se de lectura a la presente acta y de no haber observación alguna se de por terminada y firmada por los presentes. En virtud de que las partes llegaron a un acuerdo, este Tribunal se abstiene de ejecutar la medida de secuestro por la cual fue comisionado este Tribunal. No habiendo observaciones se da por terminado y se procede a firmar por los presentes. Siendo las 4.50 pm. Se ordena el regreso del Tribunal a su sede definitiva. EL JUEZ, (FDO.) ABG. JOSE VALENTIN TORRES. (LLEVA EL SELLO HUMEDO DEL TRIBUNAL). LA PARTE ACTORA, (FDO.) CIUDADANA ANA LIZANDRA DURAN DE CONTRERAS ABG. ASISTENTE. IRAIMA ALARCON. EL DEMANDADO, (FDO.) CARLOS ALBERTO MANRIQUE MARTINEZ. EL ABOGADO ASISTENTE (FDO.) ABG. MIGUEL ANGEL FLOREZ MENESES. EL PERITO AVALUADOR(FDO) RUBEN DARIO CASTRO. LA DEPOSITARIA JUDICIAL.(FDO) LEDY E QUINTERO GARCIA, LA CUSTODIA POLICIAL, (FDO.) ROQUE MIGUEL CAMARGO BARRERO. (FDO) EIBER NOE ASTORQUIA CASTILLO LA SECRETARIA TEMPORAL (FDO.) ABG. ZULAY COROMOTO RIVAS PACHECO.