REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TACHIRA.-
San Cristóbal, 17 de abril de 2007
196º y 148º
Visto el escrito, presentado por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, mediante el cual requiere de este Tribunal se decrete el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de MANUEL FELIPE OLLARVINES GUTIÉRREZ, por la presunta comisión de los delitos de AMENAZAS Y VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previstos y sancionados en los artículos 16 y 20 de la Ley Sobre Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de MARÍA ANTONIO GAMEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal.
Este Tribunal por auto separado, procede a decidir sobre la petición de sobreseimiento, por cuanto considera que no es necesaria la realización de la audiencia especial, de conformidad con lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, para decidir observa:
En fecha 17 DE MARZO DE 2002, funcionarios de la Dirección de Seguridad y Orden Público del Estado Táchira, dejan constancia en Acta Policial de la aprehensión del ciudadano Manuel Felipe Ollarvines, a pocos momentos de haber golpeado a la víctima y amenazarla con un arma blanca, hecho que fue corroborado en denuncia interpuesta por la ciudadana María Antonia Gamez.
En virtud de tales hechos, se practicaron las siguientes diligencias de investigación:
1.- En fecha 20 de marzo de 2002, se realiza audiencia de calificación de Flagrancia e Imposición de Medida de Coerción personal, en la que se impuso una Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad al imputado de autos.
2.- En fecha 26 de mayo de 2003, la Fiscalía del Ministerio Público decreta el Archivo Fiscal de las actuaciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, cesando la Medida de Coerción Personal en fecha 09 de junio de 2003.
De lo antes expuesto, considera este Juzgador, que de la revisión realizada a las actas que conforman la presente causa, se evidencia la comisión de los delitos de AMENAZAS Y VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previstos y sancionados en los artículos 16 y 20 de la Ley Sobre Violencia Contra la Mujer y la Familia, presentando la pena mas grave un termino medio de doce (12) meses de prisión.
Sin embargo, se observa que el hecho que dio origen a la presente averiguación ocurrió en fecha 17 de marzo de 2002, de lo cual se evidencia que hasta la presente fecha ha transcurrido un tiempo de CINCO (05) AÑOS Y UN (01) MES, es por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 ordinal 5° del Código Penal, la acción penal en la presente causa se encuentra evidentemente prescrita, siendo en consecuencia, procedente la solicitud Fiscal por encontrarse ajustada a derecho y este Tribunal procede a decretar el Sobreseimiento de la causa, conforme a lo establecido en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, y así lo decide.-
Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL, por encontrarse evidentemente prescrita, de conformidad con lo establecido en el ordinal 8º del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de MANUEL FELIPE OLLARVINES GUTIÉRREZ, por la presunta comisión de los delitos de AMENAZAS Y VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previstos y sancionados en los artículos 16 y 20 de la Ley Sobre Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de MARÍA ANTONIO GAMEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Pena.
Notifíquese de la presente decisión y vencido el lapso de ley, remítanse las actuaciones al Archivo Judicial.-
ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. EDIT CAROLINA SÁNCHEZ ROCHE
SECRETARIA
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
Causa N º 1C-2416-02
Exp. Nro 20-F7-0293-02
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TACHIRA.-
San Cristóbal, 17 de abril de 2007
196º y 148º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
Se hace saber a la ABOGADO GIOCONDA BEATRIZ CRUZADO NAVAS, Fiscal (A) Séptimo del Ministerio Público, que en esta misma fecha este Tribunal DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de MANUEL FELIPE OLLARVINES GUTIÉRREZ, por la presunta comisión de los delitos de AMENAZAS Y VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previstos y sancionados en los artículos 16 y 20 de la Ley Sobre Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de MARÍA ANTONIO GAMEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Pena.
Causa N º 1C-2416-02
Exp. Nro 20-F7-0293-02
Notificación que hago a los fines legales pertinentes
ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
FECHA____________FIRMA_____________HORA____________
PARA EL NOTIFICADO
Se hace saber a la ABOGADO GIOCONDA BEATRIZ CRUZADO NAVAS, Fiscal (A) Séptimo del Ministerio Público, que en esta misma fecha este Tribunal DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de MANUEL FELIPE OLLARVINES GUTIÉRREZ, por la presunta comisión de los delitos de AMENAZAS Y VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previstos y sancionados en los artículos 16 y 20 de la Ley Sobre Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de MARÍA ANTONIA GAMEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Pena.
Causa N º 1C-2416-02
Exp. Nro 20-F7-0293-02
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA.-
San Cristóbal, 17 de abril de 2007
196º y 148º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
Se hace saber al CIUDADANO MANUEL FELIPE OLLARVINES GUTIÉRREZ (IMPUTADO) que en esta misma fecha este Tribunal DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en su contra, por la presunta comisión de los delitos de AMENAZAS Y VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previstos y sancionados en los artículos 16 y 20 de la Ley Sobre Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de MARÍA ANTONIA GAMEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal.
Causa N º 1C-2416-02
Exp. Nro 20-F7-0293-02
DIRECCIÓN: Barrio Rafael Moreno, avenida 11, casa S/N, San Cristóbal, Estado Táchira.
Notificación que hago a los fines legales pertinentes
ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
FECHA____________FIRMA_____________HORA____________
PARA EL NOTIFICADO
Se hace saber al CIUDADANO MANUEL FELIPE OLLARVINES GUTIÉRREZ (IMPUTADO) que en esta misma fecha este Tribunal DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en su contra, por la presunta comisión de los delitos de AMENAZAS Y VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previstos y sancionados en los artículos 16 y 20 de la Ley Sobre Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de MARÍA ANTONIA GAMEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal.
Causa N º 1C-2416-02
Exp. Nro 20-F7-0293-02
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA.-
San Cristóbal, 17 de abril de 2007
196º y 148º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
Se hace saber a la CIUDADANA MARÍA ANTONIA GAMEZ (VÍCTIMA) que en esta misma fecha este Tribunal DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de MANUEL FELIPE OLLARVINES GUTIÉRREZ, por la presunta comisión de los delitos de AMENAZAS Y VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previstos y sancionados en los artículos 16 y 20 de la Ley Sobre Violencia Contra la Mujer y la Familia, en su perjuicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal.
Causa N º 1C-2416-02
Exp. Nro 20-F7-0293-02
DIRECCIÓN: Barrio Rafael Moreno, avenida 11, casa S/N, San Cristóbal, Estado Táchira.
Notificación que hago a los fines legales pertinentes
ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
FECHA____________FIRMA_____________HORA____________
PARA EL NOTIFICADO
Se hace saber a la CIUDADANA MARÍA ANTONIA GAMEZ (VÍCTIMA) que en esta misma fecha este Tribunal DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de MANUEL FELIPE OLLARVINES GUTIÉRREZ, por la presunta comisión de los delitos de AMENAZAS Y VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previstos y sancionados en los artículos 16 y 20 de la Ley Sobre Violencia Contra la Mujer y la Familia, en su perjuicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal.
Causa N º 1C-2416-02
Exp. Nro 20-F7-0293-02