REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TACHIRA.-

San Cristóbal, 23 de abril de 2007
197º y 148º

Visto el escrito, presentado por la ABG. ANDREINA TORRES MARQUEZ, actuando en el carácter de Fiscal Cuarto del Ministerio Público, respectivamente, mediante el cual requiere de este Tribunal se decrete el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de CABALLERO GARCIA JOSE, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal.

Este Tribunal por auto separado, procede a decidir sobre la petición de sobreseimiento, por cuanto considera que no es necesaria la realización de la audiencia especial, de conformidad con lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, para decidir observa:

En fecha 13 de febrero de 2007, Funcionarios adscritos a la Guardia Nacional, practicaron la retención del vehículo, suficientemente identificado en autos, el cual era conducido por el ciudadano CABALLERO GARCIA JOSE, en virtud de que se presume que serial de chasis y se encuentra alterado, ya que el en quinto digito de derecha a izquierda se observa un dos sobre un cero.

En virtud de tales hechos, se practicaron las siguientes diligencias de investigación:

1.- Consta en Dictamen Pericial, de fecha 17 de febrero de 2007, emanada del Laboratorio Regional Nº 01 de la Guardia Nacional, en la cual se concluye “…, los seriales de carrocería se encuentran en su estado Original.

Ahora bien, de las actas que conforman la presente causa, observa esta Juzgadora que tal hecho, no puede ser atribuido al imputado de autos, en virtud de que no existen condiciones objetivas en el expediente, a los fines de determinar la realización de cualquier acto, que conforma la comisión del hecho punible atribuido al mismo, siendo en consecuencia procedente decretar el Sobreseimiento de la causa, conforme a lo establecido en el artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así decide.-

Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de ORTIZ BELTRAN JUAN GABRIEL, por la presunta comisión del delito de ALTERACIÓN DE SERIALES, previsto y sancionado en el artículo 358 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal.

Notifíquese de la presente decisión y vencido el lapso de ley, remítanse la presente causa al Archivo Judicial.-



ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
JUEZ PRIMERO DE CONTROL



ABG. EDIT CAROLINA SANCHEZ ROCHE
SECRETARIA



En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.

Causa N º 1C-9003-07
Exp. Nro 20-F4-247-07



































REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TACHIRA.-

San Cristóbal, 23 de abril de 2007
197º y 148º

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se hace saber a la ABG. ANDREINA TORRES MARQUEZ, actuando en el carácter de Fiscal Cuarto del Ministerio Público, que en esta misma fecha este Tribunal DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de CABALLERO GARCIA JOSE, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal.


Causa N º 1C-9003-07
Exp. Nro 20-F4-247-07

Notificación que hago a los fines legales pertinentes


ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
JUEZ PRIMERO DE CONTROL

FECHA____________FIRMA_____________HORA____________


PARA EL NOTIFICADO

Se hace saber a la ABG. ANDREINA TORRES MARQUEZ, actuando en el carácter de Fiscal Cuarto del Ministerio Público, que en esta misma fecha este Tribunal DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de CABALLERO GARCIA JOSE, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal.


Causa N º 1C-9003-07
Exp. Nro 20-F4-247-07
















REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TACHIRA.-

San Cristóbal, 23 de abril de 2007
197º y 148º

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se hace saber al ciudadano Caballero García José, que podrá ser localizado en la calle 10, casa Nº 1-287, Santa Ana, Municipio Córdoba, Estado Táchira, que en esta misma fecha este Tribunal DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de CABALLERO GARCIA JOSE, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal.


Causa N º 1C-9003-07
Exp. Nro 20-F4-247-07

Notificación que hago a los fines legales pertinentes


ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
JUEZ PRIMERO DE CONTROL

FECHA____________FIRMA_____________HORA____________


PARA EL NOTIFICADO

Se hace saber al ciudadano Caballero García José, que podrá ser localizado en la calle 10, casa Nº 1-287, Santa Ana, Municipio Córdoba, Estado Táchira, que en esta misma fecha este Tribunal DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de CABALLERO GARCIA JOSE, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal.


Causa N º 1C-9003-07
Exp. Nro 20-F4-247-07