REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Control del Estado Vargas
Macuto, 20 de Abril de 2007
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL : WJ01-P-2006-000233
ASUNTO : WP01-P-2006-001623
Vista la solicitud de Desestimación de Denuncia presentado por la Fiscalía Décima del Ministerio Público, por considerar que los hechos denunciados solo proceden a instancia de parte, este Tribunal antes de decidir previamente considera:
Luego del estudio y análisis de las actas que conforman la presente solicitud, se observa que los hechos narrados por el ciudadano PEDRO ELIAS GOMEZ ESPINOZA, solo procede su enjuiciamiento a instancia de parte, toda vez que el mismo manifestó por escrito que acudía ante el Ministerio Público ya que ha sido objeto de amenazas constantes por parte de un funcionario de Poli Vargas, el cual se encuentra en el módulo policial…” siendo que los hechos que explana constituyen delito que solo es procedente u enjuiciamiento a instancia de parte, en tal sentido lo procedente y ajustado a derecho es declarar con lugar la solicitud Fiscal. Y así se decide.
DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuesta, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA LA DESESTIMACION DE DENUNCIA del ciudadano PEDRO ELIAS GOMEZ ESPINOZA, titular de la cédula de identidad N° V-6.088.272, de conformidad con el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal.
Se declara con Lugar la solicitud interpuesta por la Representante del Ministerio Publico.
Publíquese, regístrese, diarícese y remítase la presente causa a la Fiscal Décima Auxiliar del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, a los fines previsto en el artículo 302 del texto adjetivo penal.
EL JUEZ
DR. JUAN FERNANDO CONTRERAS
EL SECRETARIO
ABG. YANSON ZAMBRANO
En esta misma fecha se da cumplimiento a lo ordenado en auto.
EL SECRETARIO
ABG. YANSON ZAMBRANO
|