REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Estado Vargas
Macuto, 23 de Abril de 2007
196º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : WK01-S-2002-000009
ASUNTO : WK01-S-2002-000009
De la revisión efectuada a las actuaciones que corren insertas en la presente Causa, se puede observar que el cómputo realizado por este Tribunal en fecha 24 de Enero de 2007, debe ser reformado, de conformidad con lo previsto en el último parágrafo del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de haberse incurrido en un error material, al colocarse incorrecto el nombre de la penada y la fecha en que la misma termina de cumplir la pena. Es por ello que se procede inmediatamente a realizar un NUEVO COMPUTO de detención en los siguientes términos.
A la ciudadana EDINEA CARVALHO DE INFANTE, se le condenó a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, siendo redimida por un tiempo de Un (01) Año, Un (01) Mes, Cuatro (04) días Con Doce (12) horas, que sumado al tiempo de detención resulta un total de Cinco (05) Años, Cinco (05) Meses, Veintiocho (28) Días y Doce (12) horas, por lo que le falta por cumplir una pena de Dos (02) Años, Seis (06) Meses, Un (01) Día y Doce (12) Horas, en virtud que la penada fue detenida por primera vez en fecha 29-11-2002, hasta el día de hoy.
Así las cosas, corresponde determinar las fechas en las cuales la penada podrá optar por las diferentes fórmulas del cumplimiento de pena al respecto se observa.
1. TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENAL: Al cumplir una cuarta parte (1/4) de la pena, la cual cumplió 24-10-2003,
2. ESTABLECIMIENTO ABIERTO: Al cumplir una tercera parte (1/3) de la pena, la cual cumplió el 24-06-2004,
3. LIBERTAD CONDICIONAL Al cumplir las dos terceras partes (2/3) de la parte de la pena, la cual cumplirá el 24-02-2007 y
4. CONFINAMIENTO: Al cumplir las tres cuartas (3/4) de la pena, la cual la cumplirá el 24-10-2007.
La totalidad de la pena impuesta la cumplirá el 24-10-2009.
Notifíquese a las partes, remítase copia del presente cómputo y líbrese la correspondiente boleta de notificación a nombre de la penada a los fines de que sea notificada de la redención y nuevo computo. Cúmplase.
LA JUEZ,
MARLENE DE ALMEIDA SOARES
LA SECRETARIA,
ABG. YALITZA DOMINGUEZ