REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARAYACA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DE LAS PARROQUIAS CARAYACA Y EL JUNKO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.- CARAYACA, ONCE (11) DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL SIETE (2007).-
196° y 148°


Vista la anterior diligencia suscrita por el Alguacil que riela al folio tres (03) del presente expediente, en la cual informa que la parte demandada, ciudadano JOSÉ DEL CARMEN HELDUVIER MENDEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.940.472, se negó a firmar la boleta de citación personal; este Juzgado comisionado, en consecuencia, dispone que la Secretaria Accidental del mismo, libre la boleta de notificación en la cual comunique al citado la declaración del funcionario relativa a su citación, de conformidad con el artículo 218 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 756 eiusdem y las normativas contenidas en los artículos 461, 514 y 516 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Cúmplase.-
LA JUEZA TITULAR,

ABG. LUCIA MASSIMO. S.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

ALBERTA QUINTERO PEDRÓN
En esta misma fecha, se libró la boleta de notificación ordenada.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

ALBERTA QUINTERO PEDRÓN
Exp. Com. N° 229-07.
LMS/Aqp/hl.