REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCIRPCION JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 10 de Abril de 2007
Años 196° y 148°
Por recibida la presente demanda, la cual correspondió a este Tribunal en virtud del sorteo de distribución de demandas, incoada por las ciudadanas: HILDA CHIRINOS DE MORALES y ELISA CHIRINOS DE GARCÍA, venezolanas, mayores de edad, domiciliadas en Caracas, Distrito Capital y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-1.445.391 y V-1.446.662 respectivamente, debidamente Asistidas por la Dra. NINOSKA SOLORZANO, Abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 49.510, este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 33 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, la admite cuanto ha lugar en derecho, désele entrada, anótese en el libro respectivo y fórmese expediente, en consecuencia, cítese al ciudadano: JOSÉ GUIDO DA FREITAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-5.577.538, para que comparezca por ante este Tribunal al Segundo (2°) día de Despacho siguiente a la constancia dejada en autos por el Alguacil de este Tribunal, de haber practicado su citación, entre las horas comprendidas de 8:30 am a 3:30 pm, a fin de que dé Contestación a la demanda, conforme a lo establecido en el Artículo 35 ejusdem. Compulsese el libelo de la demanda con la orden de comparecencia al pie, y entréguese al Alguacil del Tribunal para que practique la citación ordenada.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,

Dra. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ.
Dra. IRIS LÓPEZ GUERRA.

En esta misma fecha, se admitió y se le dio entrada bajo el N° 1223/07. Se deja constancia, que no se compulsó el libelo de demanda, por cuanto la parte actora no suministro los fotostatos requeridos para su elaboración
LA SECRETARIA,

Dra. IRIS LÓPEZ GUERRA.

SRP/ILG/wg.
Exp. N° 1223/07.