REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL PRIMERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, jueves diez (10) de abril de 2008
197° y 149°
ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2007-000459
PARTE ACTORA: JOHAN ALEXANDER MEDINA BOLIVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. V.- 17.959.213.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ROXANA YANETH CABELLO, Abogado Adscrita a la Procuraduría de Trabajadores del Estado Vargas, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 103.642.
PARTE DEMANDADA: CALZADOS STEVEN`S C.A.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: MIGDALIA BAENA CARDENAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 22.007.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy, jueves diez (10) de abril de 2008, siendo las nueve (09:00 a.m.) horas de la mañana, día y hora fijados para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma las ciudadanas ROXANA YANETH CABELLO y MIGDALIA BAENA CARDENAS, plenamente identificadas. Luego de iniciado el acto, la representante judicial de la parte demandada manifiesta que a extrabajador demandante le fueron canceladas sus prestaciones sociales, y además la demanda esta prescrita, y en virtud que el actor no ha asistido a ninguna de las audiencias fijadas, y no presenta pruebas que se le adeude algún concepto derivado del vinculo laboral que los unió, por lo que la apoderada judicial del demadante desiste del presente procedimiento, reservándose el derecho de demandar cuando el trabajador aparezca. Seguidamente, la representante judicial de la empresa demandada, conviene con el desistimiento antes señalado. En este estado, visto el desistimiento presentado por la parte actora y la aceptación de la parte demandada, este juzgado PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA EL PRESENTE DESISTIMIENTO EN LOS TERMINOS EXPUESTOS. Se deja constancia que las pruebas consignadas por las partes al inicio de la audiencia les han sido devueltas. PUBLÍQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
LA JUEZ,

DRA. IMPERIO SALAZAR YÉPEZ



LAS PARTES COMPARECIENTES:

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA,


APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,



LA SECRETARIA,


ABG. ANGELY ARIAS
EXP. WP11-L-2007-000459