REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, viernes cuatro (04) de abril del dos mil ocho (2008)
197° y 149°
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2008-000096
PARTE ACTORA: FELIX ENRIQUE ALEGRIA MARCANO, Venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad Nº V- 6.491.237.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ROXANA CABELLO, Abogada Adscrita a la Procuraduría de Trabajadores del Estado Vargas, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 103.642.
PARTE DEMANDADA: “PANADERIA Y PASTELERIA SIGLO XXI, C. A.”
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: No compareció.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS CONCEPTOS LABORALES.
En el día hábil de hoy, viernes cuatro (04) de abril del dos mil ocho (2008), siendo las diez (10:00 a.m.) horas de la mañana, día y hora fijados para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la incomparecencia de ambas partes al acto. Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas visto como es que sin la presencia de las partes quedaría desvirtuado el principio de la inmediación, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara EXTINGUIDO EL PROCESO de conformidad con lo establecido en el artículo 11 en concordancia con el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.-
LA JUEZ,
DRA. IMPERIO SALAZAR YEPEZ
LA SECRETARIA,
ABG. ANGELY ARIAS
Exp. Nº WP11-L-2008-000096
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