REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, siete (07) de abril del año dos mil ocho (2008)
197° y 149°
AUTO
ASUNTO: WP11-S-2007-000120
Vista la diligencia de fecha dos (02) de abril del año dos mil ocho (2008), suscrita por la ciudadana MARY RAMIREZ HIGUERA, debidamente asistida por la profesional del derecho GLADYS REQUENA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 19.289, mediante la cual solicita se decrete la ejecución de los salarios caídos, por cuanto la parte demandada no acató la orden de reenganche emitida por este Tribunal; en consecuencia se PROCEDE A LA EJECUCIÓN FORZOSA., se condena a la parte demandada MERCADOS DE ALIMENTOS, C.A. (MERCAL), al pago de los salarios caídos, desde el veintisiete (27) de marzo del año dos mil siete (2007), hasta el primero (1°) de abril del año dos mil ocho (2008), fecha fijada para el pago de los salarios dejados de percibir a razón de UN MILLON DE BOLIVARES EXACTOS (Bs. 1.000.000, 00), mensuales, lo que equivale a UN MIL BOLIVARES FUERTES EXACTOS (Bs. F. 1.000, 00), hasta cubrir la cantidad de DOCE MIL CIEN BOLIVARES FUERTES EXACTOS (Bs. F. 12.100, 00), monto que comprende los Salarios Caídos dejados de percibir por la trabajadora. Este Tribunal fija como oportunidad para la práctica de la ejecución el día martes seis (06) de mayo del año dos mil ocho (2008) a la una (01:00 p.m.), hora de la tarde. Cúmplase.
LA JUEZ
Dra. IMPERIO SALAZAR YÉPEZ
LA SECRETARIA
Abg. ANGELY ARIAS
ISY/AA/greo.-
WP11-S-2007-000120
PARTES: MARY RAMIREZ VS MERCAL C.A MERCADOS DE ALIMENTOS