REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL DEL TRANSITO Y DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 16 de abril de 2008
Años 197° y 149°

La secretaria del Tribunal dio cuenta al ciudadano Juez de la recepción del presente expediente, procedente del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, de conformidad con el artículo 516 del Código de Procedimiento Civil, contentivo del juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, sigue LUCIANO ALBERTO MACUPIDO VELOZ, contra la ASOCIACION CIVIL LA MARINA, que se sustancia en el expediente Nº 9715, nomenclatura de ese Juzgado, désele entrada, anótese y regístrese en los libros respectivos que a tal efecto son llevados por este tribunal, el cual subió a esta Alzada en virtud de la apelación interpuesta por la parte actora contra la admisión de pruebas dictada por ese Juzgado en fecha 14 de marzo de 2008; en consecuencia, se fija el DECIMO (10º) día de despacho siguiente al de hoy, la oportunidad para que las partes presenten sus INFORMES por escrito en cualquier hora de las destinadas por este tribunal para despachar de acuerdo a lo establecido en el artículo 517 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ



ABG. IDELFONSO IFILL PINO

LA SECRETARIA

ABG. MARYSABEL BOCARANDA
IIP/Mb.-
Exp. Nº 1755.-