REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

En horas de Despacho del día de hoy, veintiuno (21) de Abril del dos mil ocho (2008), siendo las 10:00 a.m., día y hora fijadas para que tenga lugar el Primer Acto Reconciliatorio del Juicio. Se anunció dicho acto como es legal a las puertas del Tribunal por la Alguacila del mismo y al anuncio hecho compareció el actor, ciudadano: JAVIER EDUARDO ABREU OSORIO, Venezolano, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-14.567.616, acompañado de su Apoderada Judicial Dra. YASMIN MARTINEZ, Abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 23.991. Asimismo compareció la Dra. RAIZA SANCHEZ, en su carácter de Fiscal Quinta del Ministerio Público de ésta Circunscripción. Se deja constancia de que la parte demandada no compareció, ni por sí ni por medio de Apoderado Judicial alguno, motivo por el cual el Tribunal nada pudo tratar acerca de la reconciliación de los cónyuges. Se insta a las partes para que comparezcan a las 10:00 a.m., del primer día de Despacho siguiente, pasados que sean cuarenta y cinco (45) días consecutivos, a fin de que tenga lugar el Segundo Acto Conciliatorio del Juicio. En éste estado la apoderada Judicial de la parte actora expone que insiste en continuar con su demanda. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,
EL ACTOR Y SU
APODERADO JUDICIAL
Dra. MERCEDES SOLORZANO.

LA FISCAL DEL MINISTEIRO PÚBLICO,


LA SECRETARIA,


YASMILA PAREDES.


MS/YP/ys.
Exp. N° 7375.