REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL N° 03.
San Cristóbal, 08 de abril de 2008
197° y 148°
SENTENCIA N° 39
EXPEDIENTE N° 55691
MOTIVO: Declaración de Únicos y Universales Herederos.
SOLICITANTES: Lany Melissa Chacon Sánchez, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.208.819, actuando en nombre y representación de su hija, (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), venezolana de tres (03) años de edad, identificada con partida de nacimiento N° 403, de fecha 14 de Agosto de 2007, expedida por el Registro Civil del Municipio Cárdenas, Estado Táchira.
En escrito presentado por ante este Tribunal, en fecha 10 de Marzo de 2008, la ciudadana: Lany Melissa Chacon Sánchez, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.208.819, actuando en nombre y representación de su hija, (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), venezolana de tres (03) años de edad, identificada con partida de nacimiento N° 403, de fecha 14 de Agosto de 2007, expedida por el Registro Civil del Municipio Cárdenas, Estado Táchira, solicitó DECLARATORIA DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano: MICHAEL YACSON RESTREPO CHACON, quien en vida se identificaba con Cédula de Identidad N° V- 17.930.027 y falleció ab intestato en fecha 02 de Diciembre de 2007, según consta de Acta de Defunción N° 222, inserta por ante el Registro Civil del Municipio Cárdenas, Estado Táchira. Junto con el escrito el solicitante consignó copia certificadas de la partida de nacimiento de su hija, y del acta de Defunción y copia de la cedula de identidad de la solicitante, justificativo de testigos expedido por la Notaría Publica Segunda de San Cristóbal.
En fecha 13 de marzo de 2008, se admite la solicitud acordando Oír dos testigos, Notificar a la Fiscal el Ministerio Publico y practicar cualquier diligencia que a juicio del tribunal sea pertinente.
En fecha 28 de Marzo de 2008, comparecen los testigos, ciudadanos CHARLES FRANCISCO NIÑO ESTEVEZ y RENNY OMAR PATIÑO PARADA, quienes fueron contestes al afirmar que conocían a la ciudadana Lany Melissa y a su concubino Yacson, quien falleció por un disparo, que dejó una hija de nombre(NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA).
En fecha 01 de Abril de 2008, se agregó al presente expediente boleta de Notificación debidamente firmada por la Fiscal Especializada (f-16)
Visto que se encuentran cumplidos los requerimientos exigidos por el Tribunal, vistos los documentos agregados en el expediente, entre los cuales figuran el acta de defunción del de cujus, y copia de las partidas de nacimiento de su hija, (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), y notificada debidamente la Fiscal Especializada de Protección del Niño y del Adolescente, esta Juez Unipersonal N° 03 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento civil DECLARA, a la niña (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), venezolana de tres (03) años de edad, identificada con partida de nacimientos N° 403, de fecha 14 de agosto de 2007, expedida por la Primera Autoridad Civil del Municipio Cárdenas, Estado Táchira, SUFICIENTE PARA ASEGURARLOS COMO CONTINUADORES JURÍDICOS del ciudadano MICHAEL YACSON RESTREPO CHACON, quien en vida se identificaba con Cédula de Identidad N° V- 17.930.027 y falleció ab intestato en fecha 02 de Diciembre de 2007, según consta de Acta de Defunción N° 222, inserta por ante el Registro Civil del Municipio Cárdenas, Estado Táchira y quien tenía su domicilio en la calle el mirador N° 0-20 Barrancas, Municipio Cárdenas, Estado Táchira. Quedan a salvo los derechos de terceros conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Entréguese el original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. En San Cristóbal a los 08 de abril de 2008.
Abg. HIRIAN MERCEDES MONTOYA RODRÍGUEZ
JUEZ UNIPERSONAL N° 03.
Abg. GEORGE LASTRA POZO
SECRETARIO.
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
El Secretario.-
Sentencia N° 39
Exp. N° 55691
Declaración de Únicos y Universales Herederos.
Crisna.-
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