REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:



JUZGADO DEL MUNICIPIO
CORDOBA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
PARTE DEMANDANTE: IVONE CUADROS CELIS, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.159.940, domiciliada en: Santa Ana, Municipio Córdoba, Estado Táchira.
PARTE DEMANDADA: JUAN JOSE ZAPATA CARDENAS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-24.776.356, domiciliado en: El barrio Buenos Aires, calle 2 casa N° 1-87, Santa Ana, Municipio Córdoba, Estado Táchira.
MOTIVO: HOMOLOGACION

EXPEDIENTE N° 333

Visto el contenido de la diligencia realizada por la Ciudadana Ivonne Cuadros Celis, asistida por la Ciudadana abogado en ejercicio Angélica Mendoza donde manifiestan que el demandado entrego el inmueble por lo tanto vista realizada su pretensión, participa desistir y el archivo del presente expediente; por cuanto no es contrario a derecho, a las buenas costumbres o disposiciones de la Ley, en consecuencia este Tribunal HOMOLOGA dicho acto, quedando acordado lo siguiente:
Que el Ciudadano demandado entrego el inmueble y vista realizada su pretensión DESISTE del mismo y pide el archivo del expediente.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la ciudad de Santa Ana, al primer (01) día del mes de abril días del mes abril del dos mil ocho.
LA JUEZ PROVISORIO

ABOG. ROSARIO ELENA DUQUE
LA SECRETARIA
ABOG. CLAUDIA L. SIERRA J.