REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.
DEM.831-08-510
CAPITULO I
DE LAS PARTES
DEMANDANTE: Hortencia Varela, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11108195, en su carácter de madre de los niños Alexandra Catherine y Jean Carlos Jaimes Varela.
DIRECCIÓN: Chururú Municipio Fernández Feo del Estado Táchira.
DEMANDADO: Efraín Jaimes, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula N° 80.423.677, con el carácter de padre de los niños Alexandra Catherine y Jean Carlos Jaimes Varela.
DIRECCIÓN: Chururú parte alta del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira.
MOTIVO: Fijación de la Obligación de la Manutención.
CAUSA Nro. 831-07.
FECHA DE ENTRADA: 13 de Junio de 2007.
CAPITULO II
DE LOS HECHOS
Se inicio el presente procedimiento en fecha 12 de Junio de 2007, mediante acta de solicitud de Fijación de la Obligación de la Manutención presentada en este Tribunal por la ciudadana: HORTENCIA VARELA, titular de la cédula de identidad Nº V-11.108.195, a favor de los niños ALEXANDRA CATHERINE y JEAN CARLOS JAIMES VARELA, contra EFRAÍN JAIMES, titular de la cédula N°80.423.677.
En fecha 13 de Junio de 2007, se admitió y se le dio entrada a la solicitud, se ordeno la citación del demandado ciudadano EFRAIN JAIMES, titular de la cédula N° 80.423.677, para que comparezca por ante este Tribunal al tercer (3er) día de despacho siguiente a aquel que conste en autos su citación, a las diez (10:00) de la mañana, a fin de celebrar el acto conciliatorio entre las partes.
En fecha 13 de Junio de 2007, se libro Telegrama de notificación al Fiscal Decimoquinto Especializado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira, participando la admisión de la presente demanda.
En fecha 13 de Junio de 2007, se libro oficio al Presidente del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira con sede en El Piñal, para la practica de un Estudio Socio-económico al obligado ciudadano: EFRAIN JAIMES.
En fecha 18 de Junio de 2007, mediante diligencia el Alguacil del Tribunal consigna Boleta de Citación librada al ciudadano EFRAIN JAIMES, quien fuera recibida y firmada por su persona en fecha 18 de Junio de 2007, quedando legalmente citado.
En fecha 21 de Junio de 2007, se declaro desierto el Acto Conciliatorio en virtud de que solamente compareció la parte demandante ciudadana HORTENCIA VARELA.
En fecha 29 de Junio de 2007, por auto del Tribunal se acuerda ratificar el contenido del oficio Nro. 5820-786 dirigido al presidente del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira con sede en El Piñal, para la práctica de un Estudio Socio-económico al obligado ciudadano: EFRAIN JAIMES.
En fecha 29 de Junio de 2007, se ratifico oficio al presidente del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira con sede en El Piñal, para la practica de un Estudio Socio-económico al obligado ciudadano: EFRAIN JAIMES.
En fecha 04 de Julio de 2007, por auto del Tribunal y por cuanto se encuentra vencido el lapso para promover pruebas, sin que ninguna de las partes haya hecho uso de tal derecho, se abre el lapso para presentar informes.
En fecha 11 de Julio de 2007, por auto del Tribunal y por cuanto se encuentra vencido el lapso para presentar informes, se apertura el lapso para dictar sentencia.
En fecha 18 de Julio de 2007, por auto del Tribunal se acuerda diferir la sentencia hasta tanto conste en autos la capacidad económica del obligado ciudadano: EFRAIN JAIMES.
En fecha 07 de Abril de 2008, por auto del Tribunal se acuerda ratificar el contenido de los oficios Nros. 5820-786 de fecha 16 de Junio de 2007, 5820-874 de fecha 29 de Junio de 2007, al presidente del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira con sede en El Piñal, para la practica de un Estudio Socio-económico al obligado ciudadano: EFRAIN JAIMES.
En fecha 07 de Abril de 2008, se ratifico el contenido de los oficios Nros. 5820-786 de fecha 16 de Junio de 2007, 5820-874 de fecha 29 de Junio de 2007, al presidente del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira con sede en El Piñal, para la practica de un Estudio Socio-económico al obligado ciudadano: EFRAIN JAIMES.
En fecha 10 de Abril de 2008, comparecen de manera voluntaria los ciudadanos: HORTENCIA VARELA y EFRAÍN JAIMES, parte demandante y demandada respectivamente, previa entrevista con la Jueza, y concedido como le fue el derecho de palabra al demandado expuso: “Ofrezco como monto de la obligación de manutención la cantidad de de TRESCIENTOS BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 300.00) mensuales, igualmente le comprometo a comprar los uniformes escolares y los estrenos del 24 de diciembre de cada año, de los niños: ALEXANDRA KATERINE y JEAN CARLOS JAIMES VARELA; y la madre que le compre los útiles escolares y el estreno del 31 de diciembre de cada año. Asimismo me comprometo entregarle a la demandante un carrito para la venta de perros calientes”. Presente como se encuentra la demandante y concedido como le fue concedido el derecho de palabra expuso: “Acepto el ofrecimiento hecho por el padre de mis hijos”
CAPITULO III
HOMOLOGACIÓN
En consecuencia y por cuanto el convenimiento suscrito entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte HOMOLOGACIÓN a la acta de fecha 10 de Abril de 2008, donde fijaron el monto de la Obligación de la Manutención a favor de los niños ALEXANDRA CATHERINE y JEAN CARLOS JAIMES VARELA; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Se establece el ajuste anual proporcional y automático de la pensión de alimentos, de acuerdo con los índices inflacionarios señalados por el Banco Central de Venezuela, todo de conformidad con lo establecido en el último aparte del Artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Se insta a la parte actora ciudadana HORTENCIA VARELA para que comparezca a aperturar una cuenta de ahorros a su nombre, cuyos beneficiarios son los niños ALEXANDRA CATHERINE y JEAN CARLOS JAIMES VARELA; una vez aperturada dicha cuenta notifíquese al obligado de autos ciudadano: EFRAIN JAIMES.
Publíquese y regístrese la presente decisión.
Déjese copia certificada para el Archivo del Tribunal
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales, a los quince días del mes de Abril del dos mil ocho. Años 197º de la Independencia y 149º de la Federación.
La Jueza .-
ABG. ROSALBA RUIZ JAIMES.
El Secretario
LUIS ALFONSO SÁNCHEZ PÉREZ
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