Asunto Principal N° 5C-206-99.-

AUDIENCIA ESPECIAL DE VERIFICACIÓN
DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES


En la audiencia de hoy, miércoles dieciséis (16) de Abril de dos mil ocho, el Tribunal procede a realizar la Audiencia Especial de Verificación, de conformidad con el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, con ocasión de haberse cumplido el lapso por el cual se suspendió el proceso en la causa seguida en contra de los ciudadanos YIMMI ANDREU GUERRERO ORTIZ, de nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-15-27-308, nacido en fecha 2511.09-1981, de 26 años de edad, soltero, de ocupación u oficio funcionario Vigilante , domiciliado en la Urbanización Rómulo Colmenares , Calle 1 ,casa N°1-43 Estado Táchira , por la comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal . Presentes: La ciudadana Juez abogado Hilda María Mora, el ciudadano Secretario abogado Héctor Eduardo Ochoa H, la Fiscal del Ministerio Público abogada Doris Méndez, el acusado y la Defensora abogada Besabeth Murillo . Verificada la presencia de las partes, la ciudadana Juez, declaró abierto el acto y le cedió el derecho de palabra al ciudadano YIMMI ANDREU GUERRERO ORTIZ quien previa imposición del Precepto Constitucional previsto en el artículo 49 ordinal 5º de la Constitución de la República Bolivariana Venezuela y de la disposición contenida en el artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal, manifestando estar dispuesto a declarar, y libre de juramento y sin coacción alguna expuso: “Yo cumplir con las condiciones impuestas por el Tribunal, es todo”. Seguidamente, se le concedió la palabra a la defensora abogada Besabeth Murillo , quien alegó: “Visto el cumplimiento por parte de mi defendido de las condiciones impuestas por el Tribunal, solicito al ciudadano Juez dar la finalización del proceso y dictar el sobreseimiento de esta causa, es todo”. Por último, la Fiscal del Ministerio Público, manifestó: “Oída las deposiciones de las partes y al observar que efectivamente los imputados cumplió con las condiciones impuestas, manifiesto mi conformidad a los efectos de que este Tribunal, concluya el presente proceso conforme a la Ley, es todo”. En este estado, el Tribunal pasó a decidir por Auto separado, cumplido lo cual se dio lectura a la integridad del mismo en presencia de las partes, quedando el dispositivo de la siguiente manera: En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL N°5 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECIDE: PRIMERO: DECLARA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos YIMMI ANDREU GUERRERO ORTIZ, de nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-15-27-308, nacido en fecha 2511.09-1981, de 26 años de edad, soltero, de ocupación u oficio funcionario Vigilante , domiciliado en la Urbanización Rómulo Colmenares , Calle 1 ,casa N°1-43 Estado Táchira , por la comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal de conformidad con lo establecido en el artículo 45 Ejusdem. Con la lectura de la presente acta quedaron notificadas las partes. Regístrese y déjese copia de la decisión para el archivo del Tribunal, vencido el lapso de Ley, remítase la causa al Archivo Judicial. Terminó se leyó y conformes, siendo las 9:00 de la mañana. Es todo. Se leyó y conformes firman:




ABG. HILDA MARÍA MORA
JUEZ QUINTO DE CONTROL














ABG. DORIS MENDEZ
FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO







YIMMI ANDREU GUERRERO ORTIZ



EL IMPUTADO




ABG. BESABET MURILLO
DEFENSORA








ABG. Héctor Eduardo Ochoa H
El SECRETARIO