San Cristóbal, 03 de Abril de 2008
197º y 148º
CAUSA: 2E-324-99
Revisada la presente causa y visto el contenido del Oficio N° 414-07, de fecha 12 de Julio de 2007, emanado por el Delegado del Ejecutivo del Estado Táchira, Municipio Bolívar, por medio del cual remite copia certificada de las presentaciones realizadas ante ese Despacho por la ciudadana INGRID ZURIANY SÁNCHEZ ANGARITA, Colombiana, natural de Cúcuta, Norte de Santander, nacida en fecha 02 de Marzo de 1951, de 57 años de edad, Indocumentada, residenciada en la calle 13, con carrera 0, No. 1-23, Barrio Rafael Urdaneta, San Antonio del Táchira, Estado Táchira, e informa que la misma cumplió satisfactoriamente, este Tribunal observa:
En fecha 08 de Mayo de 2000, este Tribunal dictó decisión por medio de la cual declaró con lugar la solicitud efectuada por la penada INGRID ZURIANY SÁNCHEZ ANGARITA, y en consecuencia acordó la conmutación del resto de pena de prisión que debe cumplir la misma en CONFINAMIENTO, durante un lapso de TRES (03) MESES, SIETE (07) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 52 del Código Penal y artículo 472 ordinales 1°, 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal.
Se desprende de la copia certificada de las presentaciones remitida por el Delegado del Ejecutivo del Estado Táchira, Municipio Bolívar, que la penada INGRID ZURIANY SÁNCHEZ ANGARITA, se presentó los días 09-05-2000, 16-05-2000, 23-05-2000, 30-05-2000, 06-06-2000, 13-06-2000, 20-06-2000, 27-06-2000, 04-07-2000, 11-07-2000, 18-07-2000, 21-07-2000, 22-08-2000, 22-09-2000, 20-10-2000 Y 10-11-2000 y habiendo transcurrido el tiempo establecido en la decisión de fecha 08 de Mayo de 2000, se acredita el cumplimiento total de la pena, en consecuencia, procede declararse el cumplimiento total de la condena impuesta, así como la extinción de la responsabilidad criminal y la libertad plena de la penada, y así se decide.
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DEL RÉGIMEN, impuesto a la ciudadana INGRID ZURIANY SÁNCHEZ ANGARITA, Colombiana, natural de Cúcuta, Norte de Santander, nacida en fecha 02 de Marzo de 1951, de 57 años de edad, Indocumentada, residenciada en la calle 13, con carrera 0, No. 1-23, Barrio Rafael Urdaneta, San Antonio del Táchira, Estado Táchira, por el delito de APROPIACIÓN INDEBIDA CALIFICADA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 470, en concordancia con el artículo 99 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Ligia Figueredo Velandia y en consecuencia se decreta LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL derivada de la comisión de tal hecho punible, y su LIBERTAD PLENA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal.
Remítase el presente expediente al Archivo Judicial del Estado Táchira, en virtud de la terminación total del proceso penal, y déjese copia del presente auto para el archivo del Tribunal, se notifica a las partes. Líbrese Oficio y regístrese su salida.
ABG. IRIS COROMOTO CONTRERAS DE AGUILAR
JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN
ABG. ANGELICA JOVES CONTRERAS
SECRETARIA
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