REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, siete (07) de abril del dos mil ocho (2008)
197° y 149°
ASUNTO N° WP11-L-2008-000094
Vista la diligencia de fecha tres (03) de abril del año dos mil ocho (2008), suscrita por la Profesional del Derecho MARÍA DOS SANTOS DE FREITES, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandante, mediante la cual solicita sea librado Cartel de Notificación a nombre de la empresa demandada, para lo cual indica nuevo domicilio procesal de la misma, este Tribunal, acuerda lo solicitado, en consecuencia, ordena emplazar mediante Cartel de Notificación, a la empresa demandada PAVIMENTOS ASFÁLTICOS JURAMA, C.A., en la persona de la Ciudadana MIRNA MORASTERIOS, en su carácter de ARQUITECTO RESIDENTE DE LA OBRA de la referida empresa; a fin de que comparezca por ante el Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución, asistida de abogado o representada por medio de apoderado, con las facultades expresas de convenir, desistir, transigir, comprometer en árbitros, solicitar la decisión según la equidad y disponer del derecho en litigio a las diez de la mañana (10:00 a.m.), del DÉCIMO (10°) DIA HÁBIL SIGUIENTE al de la constancia que ponga el Secretario en autos, de haber cumplido con dicha actuación, a los efectos de que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR. Igualmente, se le hace saber a las partes, que deberán consignar sus escritos de pruebas y elementos probatorios en la oportunidad del inicio de la audiencia preliminar, a los fines de procurar la mediación, para lo cual se insta a las partes a acudir personalmente acompañados de las personas que tengan conocimiento de los hechos. Entréguese al Alguacil la orden de comparecencia a los fines de que practique la Notificación ordenada. Líbrese Cartel.
EL JUEZ PROVISORIO
Dr. ARNALDO RODRÍGUEZ LEÓN
LA SECRETARIA
Abg. MAGJOHLY FARIAS
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
Abg. MAGJOHLY FARIAS
ARL/MF/Angel*
WP11-L-2008-000094