REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, diez (10) abril del dos mil ocho (2008)
197º y 149º

ASUNTO: WP11- L- 2008-000116


Visto que en fecha diecisiete (17) de marzo del año dos mil ocho (2008), este Tribunal ordenó al demandante corregir el libelo de la demanda, de conformidad con el numeral 4to del Artículo 123 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en cuanto a la narrativa de los hechos: Se le solicito al actor que ampliara y fundamentara los hechos por cuanto; debía indicar el cargo que desempeñaba, y cuales eran las actividades que realizaba el ciudadano HERMES LISANDRO LIENDO LIENDO y por cuanto se observa que no subsanó los particulares antes mencionado, en consecuencia, este Tribunal declara: INADMISIBLE LA PRESENTE DEMANDA DE COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS.
EL JUEZ


Dr. JOSE GREGORIO GONZALEZ

LA SECRETARIA.


Abg. VIANNERYS VARGAS.


JGG/VV/miriam
WP11-L-2008-000116