REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, diez (10) abril del dos mil ocho (2008)
197º y 149º
ASUNTO: WP11- L- 2008-000116
Visto que en fecha diecisiete (17) de marzo del año dos mil ocho (2008), este Tribunal ordenó al demandante corregir el libelo de la demanda, de conformidad con el numeral 4to del Artículo 123 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en cuanto a la narrativa de los hechos: Se le solicito al actor que ampliara y fundamentara los hechos por cuanto; debía indicar el cargo que desempeñaba, y cuales eran las actividades que realizaba el ciudadano HERMES LISANDRO LIENDO LIENDO y por cuanto se observa que no subsanó los particulares antes mencionado, en consecuencia, este Tribunal declara: INADMISIBLE LA PRESENTE DEMANDA DE COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS.
EL JUEZ
Dr. JOSE GREGORIO GONZALEZ
LA SECRETARIA.
Abg. VIANNERYS VARGAS.
JGG/VV/miriam
WP11-L-2008-000116