SE DICTA SENTENCIA Y SE DECLARA PRIMERO: SIN LUGAR la apelacion formulada por la parte demandada contra la decisíón dictada por el Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. SEGUNDO: CON LUGAR la accion intentada por el ciudadano NESTOR ALIRIO MOLINA RAMIREZ contra REBECA ALBARRACIN MARQUEZ Y MIRUGIA GIRON GARCIA y como consecuencia de ello se condena a la parte demandada a entregar a la parte actora el inmueble constituido por un lote de Oficina, ubicado en la calle la linea Urbanización Week End, Parroquia Catia La Mar Municipio Vargas del Estado Vargas, libre de Bienes y personas.TERCERO: Se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora por vía de indemnización de daños y perjuicios, la cantidad de Un mil seiscientos bolivares fuertes (Bs. 1600,oo) por concepto de los cánones de arrendamiento vencidos y los que se sigan venciendo hasta la publicacion del presente fallo. CUARTO: Se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora la suma de SEISCIENTOS VEINTIOCHO BOLIVARES CON TREINTA Y CINCO CENTIMOS (BS.628,35) por concepto de servicio de electricidad del inmueble, desde el catorce (14) de junio de 2002, hasta el trece(13) de octubre de 2003. QUINTO: Se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora la suma de OCHOCIENTOS OCHENTA BOLIVARES CON CUARENTA Y TRES CENTIMOS ( BS. 880,43) por concepto de servicio de aseo urbano del inmueble, desde el 15 de junio de 1999 hasta el 14 de octubre de 2003. SEXTO: Se niega el recargo del 15% sobre las cuotas insolutas, los intereses moratorios al 12% anual y la Indexación.SEPTIMO: Se modifica el fallo apelado.