REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 13 de agosto de 2008.

198º y 149º

Recibido por distribución, constante de cinco (05) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado por los cónyuges: BLAS ALBERTO RAMOS ROJAS y MARIA DEL MAR FLORES RONDON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nrs V-14.700.240 y V-13.524.144 respectivamente, domiciliados en la calle principal de Palo Gordo, Sector Las Orquídeas, casa N° 5-39, calle del medio, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, asistidos del abogado JOSE YOVANY SANCHEZ BELLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 58.422, este Tribunal Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA SEPARACION DE CUERPOS Y DE BIENES de los cónyuges por mutuo consentimiento, quienes se regirán de acuerdo a lo estipulado por ellos en su escrito de separación. Expídase por Secretaria copia certificada del escrito presentado y del presente auto y entréguese a las partes. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, con copia fotostática certificada del escrito de solicitud y del presente auto.


Josué Manuel Contreras Zambrano
El Juez
Jocelynn Granados Serrano
La Secretaria
En la misma fecha se libró la boleta para el Fiscal y se entregó a la Alguacil.
JMCZ/lgb.-
Exp: 20055