JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, once de agosto de dos mil ocho.

198º y 149º

Recibida por distribución la presente solicitud, constante de dos (02) folios útiles el escrito y anexos en dieciséis (16) folios útiles, presentados por el ciudadano SONNY JAVIER GOMEZ LIZCANO, actuando en este acto en nombre propio, asistido por la abogada SANDRA CAROLINA RICO VIVAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 105.039. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Y de la revisión de los recaudos presentados se observa que se encuentran llenos los extremos de Ley, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a los ciudadanos JUANA SOFIA LIZCANO DE GOMEZ, SONIA MILADE GOMEZ LIZCANO Y SONNY JAVIER GOMEZ LIZCANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nos. V-3.197.397, V-10.147.302 y V-10.176.761, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido ciudadano NICASIO SEGUNDO GOMEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-1.096.024, casado, en su carácter de esposa la primera e hijos la segundo y el tercero. Por aplicación analógica del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales de las mismas a la parte interesada a los fines legales consiguientes. Cuando la solicitante consigne las copias fotostáticas se certificaran las mismas. Cúmplase.

LA JUEZ TEMPORAL,

ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA

LA SECRETARIA TEMPORAL


YILDA CACIQUE PEREZ