JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, catorce de agosto de dos mil ocho.
198º y 149º

Recibido por distribución, constante todo de doce (12) folios útiles. Fórmese expediente e inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente admitiéndose la presente solicitud. Y por cuanto de la revisión de los recaudos presentados se observa, que se encuentran llenos los extremos de Ley.- En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a los ciudadanos JOSE GREGORIO HERNÁNDEZ CONTRERAS e INÈS DELIA RODRIGUEZ PERNIA, venezolanos, mayores de edad, titular de las cédulas de identidad Nros.- V- 1.793.832 y V- 9.033.449 en su orden, domiciliados en Pregonero, Municipio Uribante, Estado Táchira; el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano fallecido WILMER HUMBERTO HERNÁNDEZ RODRIGUEZ, quién era venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.565.534, quién estaba domiciliado en la carrera 4 Nº 9-100, Pregonero, Estado Táchira; en su carácter de hijo de los referidos ciudadanos. Por aplicación analógica del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales de las mismas a la parte interesada a los fines legales consiguientes.-


LA JUEZ TEMPORAL


ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA


LA SECRETARIA TEMPORAL


YILDA R. CACIQUE PEREZ