JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 06 de agosto de 2008.
198º y 149º
Vista la diligencia suscrita por la ciudadana ERIKA SOFIA PARADA DE GAMEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-16.422.089; mediante la cual manifiesta que ante el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente donde se tramitó el divorcio, le fijaron la obligación de manutención a favor de su hija, asimismo informa que el padre canceló la deuda pendiente, razón por la cual DESISTE del presente procedimiento y solicita el archivo del expediente; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dándole fuerza ejecutiva. Regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente. Una vez conste en autos la notificación del Fiscal Especializado, archívese el expediente. De conformidad con lo solicitado se acuerda la cancelar la cuenta de ahorros de Banfoandes, para lo cual líbrese oficio. Cúmplase.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
La Secretaria Temporal,
ABG. LUZ ADRIANA VIVAS VELEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) 2:00, quedó registrado bajo el Nº 167, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y se libró Boleta de Notificación al Fiscal Especializado y oficio Nº 3140-688 a Banfoandes.
Abg. LUZ ADRIANA VIVAS VELEZ / Secretaria Temporal
Exp. Nº 1339-2006
BYVM/lcm.
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