REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 11 de Agosto de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2007-000916
ASUNTO : SP11-P-2007-000916


RESOLUCIÓN
Vista la solicitud formulada por la ciudadana ELIZABETH DEL VALLE YÉPEZ SILVA, nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V-12.810.175, soltera, consignada ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial en fecha 18-07-2008, recibida por el Tribunal en fecha 21-07-2008, mediante el cual requiere ampliación del Régimen de Presentaciones que viene cumpliendo cada quince (15) días, en virtud de que tiene mas de un años presentándose y no se ha convocada a la Audiencia Preliminar.

El Tribunal para decidir observa:

Primero.- En fecha 28-07-2008 se libró oficio a la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que ese despacho informara al Tribunal sobre el Record de Presentaciones de la ciudadana ELIZABETH DEL VALLE YÉPEZ SILVA.

Segundo.- En fecha 05 de Agosto de 2008, se recibió respuesta de Alguacilazgo sobre el record de presentaciones, anexando la correspondiente copia de registro de las mismas.

Este Tribunal, habiendo revisado las presentes actuaciones, considera procedente la ampliación del régimen de presentaciones para la imputada ELIZABETH DEL VALLE YÉPEZ SILVA, en virtud de que la mencionada imputada hasta la presente fecha, ha demostrado el fiel cumplimiento de la medida cautelar que le fue impuesta; todo de conformidad con lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.

ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSION SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide: UNICO.- ACUERDA la ampliación del régimen de presentaciones de la imputada ELIZABETH DEL VALLE YÉPEZ SILVA, nacionalidad venezolana, natural de Maracay, Estado Aragua, nacida en fecha 13 de diciembre de 1.977, de 29 años de edad, hija de Gerardo Yépez (v) y de Zoraida del Carmen Silva de Yépez (v); titular de la cedula de identidad Nº V-12.810.175, soltera, de profesión u oficio Empleada de una Pizzería, residenciada en la Avenida 2, esquina calle 2, casa sin número, rancho de tabla, taller de latonería y pintura, detrás del “Auto lavado el Rosal”, Barrio El Rosal, Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira, de una vez cada quince (15) días, a una vez cada treinta (30) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes, ofíciese lo conducente a la Oficina de Alguacilazgo y vencido el lapso de ley, remítanse las actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público.


EL JUEZ TERCERO DE CONTROL

ABG. RUBEN ANTONIO BELANDRIA PERNIA


LA SECRETARIA