REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS



Maiquetía, 07 de Agosto de 2008
198° y 149°

Vista la presente demanda por RESOLUCION DE CONTRATO DE COMODATO, incoada por la ciudadana CELIA LISBETH PIÑERO VELASQUEZ, debidamente asistida por la Abogada YASMIN MARTINEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 23.991 y vistos los recaudos anexados, este tribunal por cuanto la misma no es contraria al orden público, las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la Ley, la admite cuanto ha lugar en derecho de conformidad con lo establecido en el Artículo 888 del Código De Procedimiento Civil, en consecuencia, cítese a la parte demandada, ciudadano: CESAR MIGUEL PIÑERO VELASQUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº. 6.494.296, para que comparezca por ante este Tribunal al segundo (2º) día de Despacho siguiente, contados a partir de la constancia en autos de dejada por el Alguacil del Tribunal de haber practicado su citación, dentro de las horas comprendidas entre las 8:30am a 3:30pm, a fin de que de contestación a la demanda, Compúlsese el libelo de la demanda con la orden de comparecencia al pie, y entréguese al Alguacil del Tribunal para que practique la citación ordenada.
LA JUEZ PROVISORIO

DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ
LA SECRETARIA ACC.

WENDY GUAITA ROMERO
Se deja constancia, que no se compulsó el libelo de demanda, por cuanto la parte actora no suministro los fotóstatos requeridos para su elaboración.
LA SECRETARIA ACC.

WENDY GUAITA ROMERO
SRP/wgr/yaneiza
EXP. Nº 1309/08