REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, doce (12) de agosto del dos mil ocho (2008)
198° y 149°
ASUNTO N° WP11-L-2008-000319
Visto que en fecha cuatro (04) de agosto del año dos mil ocho (2008), este Tribunal ordenó al demandante corregir el libelo de la demandada, debiendo señalar: Primero: Indicar la fecha correcta de Ingreso y de Egreso del trabajador a la empresa demandada SPLENDOR MANTENIMIENTO, C.A.; Segundo: Como consecuencia de lo anterior, revisar las operaciones aritméticas para la base del cálculo de los conceptos y montos demandados; y visto que la misma consignó escrito de subsanación del libelo en fecha once (11) de agosto del año en curso, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución, una vez revisado el referido libelo, pudo verificar que en el mismo, los datos referentes al nombre y apellido trabajador, el nombre de la empresa demandada, las fechas de ingreso y egreso, la relación de los hechos, el perfil del trabajador, entre otros datos, no coinciden con el libelo original de la demanda consignado en fecha veintinueve (29) de julio del año dos mil ocho (2008); en consecuencia, visto que la parte actora no cumplió con lo ordenado, este Juzgado, en uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE LA DEMANDA. Asimismo da por concluido el proceso, por no llenar los requisitos establecidos en los numerales 3° y 4° del artículo 123 ejusden. Así se decide.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia certificada de la presente decisión.
EL JUEZ PROVISORIO
Dr. ARNALDO RODRÍGUEZ LEÓN
LA SECRETARIA
Abg. GERALDINE GASPERI
Partes: JESÚS FRANCISCO CABRERA GIMÉNEZ vs. SPLENDOR MANTENIMIENTO, C.A.
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y DEMÁS BENEFICIOS
ARL/GG/Angel*
WP11-L-2008-000319
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