REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, catorce (14) de agosto del dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO: WP11-L-2008-000199
Vista la sentencia dictada de fecha once (11) de junio del dos mil ocho (2008), emanada del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, y en virtud que no han dado cumplimiento voluntario; este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, PROCEDE A LA EJECUCIÓN FORZOSA, en consecuencia, DECRETA MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de VEINTICINCO MIL TRECIENTOS DIECIOCHO BOLIVARES FUERTES CON OCHENTA Y UN CENTIMOS (Bsf. 25.318,81), que comprende el doble de la suma condenada a pagar de ONCE MIL OCHO BOLIVARES FUERTES CON DIECIOCHO CENTIMOS (Bsf. 11.008,18), más TRES MIL TRECIENTOS DOS BOLIVARES FUERTES CON CUARENTA Y CINCO CENTIMOS ( Bs.f. 3.302,45) correspondientes al 30% por costas de ejecución. En caso de embargar cantidades líquidas de dinero el embargo será por la suma condenada a pagar CATORCE MIL TRESCIENTOS DIEZ BOLIVARES FUERTES CON SESENTA Y TRES CENTIMOS ( B.sf 14.310,63) que comprende el monto a pagar de ONCE MIL OCHO BOLIVARES FUERTES CON DIECIOCHO CENTIMOS (Bsf. 11.008,18), más TRES MIL TRECIENTOS DOS BOLIVARES FUERTES CON CUARENTA Y CINCO CENTIMOS ( Bs.f. 3.302,45) correspondientes al 30% por costas de ejecución. Este Tribunal fija para el día treinta (30) de octubre del dos mil ocho (2008), a la una y treinta (01:30 p.m.) horas de la tarde, la Practica de la Medida de Embargo. Cúmplase.
EL JUEZ
DR. JOSE GREGORIO GONZALEZ
LA SECRETARIA
Abg. NELLY MORENO
Parte: MARJORIE VIERA & AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.
JGG/NM/miriamr.-.-
EXP. WP11-L-2008-000199