REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, once (11) de agosto del año dos mil ocho (2008).
Años y Federación 198º y 149º
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2008-000010
PARTE ACTORA: ARIALDO JAVIER BENITEZ BERNAEZ titular de la cédula de identidad Nº 5.091.129
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: MARÍA DOS SANTOS abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N ° 32.994.
PARTE DEMANDADA: CORPORACIÓN ADUANERA PEREZ APONTE, C.A. debidamente inscrita ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 26 de marzo de 1998, anotada bajo el N° 17, Tomo 98-A-Sgdo
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JORGE MOUBAYYED MOUBAYYED abogado inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 25.678
MOTIVO:”COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS”
En el día hábil de hoy lunes, once (11) de agosto del año dos mil ocho (2008), siendo las once (11:00 AM) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja constancia que se encuentran presentes: ARIALDO JAVIER BENITEZ BERNAEZ parte actora MARÍA DOS SANTOS Apoderada Judicial de la parte actora, y por la parte demandada compareció el profesional del derecho JORGE MOUBAYYED MOUBAYYED en su carácter de apoderado judicial del demandado; todos identificados ut-supra. Seguidamente se deja constancia que las partes han conciliado de manera satisfactoria mediante un acuerdo transaccional consignado por ellos en el presente acto. Siendo así este Tribunal luego de revisado dicho escrito de acuerdo transaccional, donde la parte demandante declara aceptar la cantidad de TRES MIL BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs. F. 3.000,00) monto adeudado por la empresa al actor reclamante, el cual es pagado en este acto a través de cheque Nº 35579631, Código Cuenta Cliente 01340015670153085684 girado contra la entidad financiera Banco Banesco de fecha 06 de agosto del 2008 y librado a favor del actor-demandante ARIALDO JAVIER BENITEZ BERNAEZ, quien recibe conforme en este acto, a su más cabal y entera satisfacción. Oída como ha sido a la parte demandante, y aceptado como ha sido el ofrecimiento de pago de la parte demandada. Este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL EN LOS TÉRMINOS EXPUESTOS POR LAS PARTES, DÁNDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA, por lo que declara terminado el proceso, ordenando el cierre y archivo del presente expediente. Es todo terminó. Se leyó y conformes firman.
EL JUEZ
Dr. GUSTAVO ROMERO
LAS PARTES COMPARECIENTES
PARTE ACTORA
APODERADA JUDICIAL DEL ACTOR
APODERADO JUDICIAL DEL DEMANDADO
LA SECRETARIA
ABG. NELLY MORENO
Exp. No. WP11-L -2008-000010
“COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS”
|