REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, miércoles tres (03) de diciembre del dos mil ocho (2008)
198° y 149°
ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2008-000286
PARTE ACTORA: DORIAN ALBERTO SILVA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 5.093.382.
APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: MARITZA ALVAREZ DE SANCHEZ y KAREN MARYNEL SANCHEZ ALVAREZ, Abogadas inscritas en el INPREABOGADO bajo los Nros.16.058 y 85.663.
PARTE DEMANDADA: “HOTEL MANHATAN, C. A.”
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: NINOSKA SOLORZANO, Abogada en ejercicio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 49.510.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy, miércoles tres (03) de diciembre del dos mil ocho (2008), siendo la diez y treinta (10:30 a.m.) horas de la mañana, comparecieron por ante este despacho los ciudadanos: DORIAN ALBERTO SILVA, MARITZA ALVAREZ DE SANCHEZ, KAREN MARYNEL SANCHEZ ALVAREZ y NINOSKA SOLORZANO plenamente identificados, y solicitan se habilite el tiempo necesario a los fines de llegar a un acuerdo conciliatorio en la presente causa, el Tribunal lo acuerda y da inicio al acto. PRIMERO: A continuación, la parte demandada manifiesta que ofrece pagarle a la parte demandante la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 5.000,00), por concepto de pago único, con el objeto de cerrar el acuerdo, el cual se relaciona en acta que se anexa y se hace parte integrante de la presente acta. Fecha de ingreso: 20 de marzo del 2006, Fecha de egreso: 09 de enero de 2008, Tiempo de servicio: 01 año y 09 meses, Último Salario Mensual: Bs. 1.371,00, Salario diario: Bs. 46,00, Cargo desempeñado: Recepción y Administración, Motivo de egreso: Renuncia.

CONCEPTOS MONTOS
Antigüedad Acumulada: 1° parte, Art. 108 LOT Bs. 3.049,00
Vacaciones Vencidas Bs. 943,00
Vacaciones Fraccionadas Bs. 58,00
Utilidades Bs. 910,00
Utilidades Fraccionadas Bs. 58,00
Intereses sobre prestaciones Bs. 437,14
Bono Vacacional Vencido Bs. 458,10
Bono Vacacional Fraccionado Bs. 46,00
Total Prestaciones Sociales: Bs. 5.959,54
Adelanto de Prestaciones Bs. 5.200,00
Total Adeudado Bs. 759,54
Total pago único Bs. 5.000,00

Dicho pago único suma la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 5.000,00), para ser cancelados de la siguiente manera: Un primer pago por la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 3.500,00), mediante cheque de gerencia Nº 34004102, del BANCO MERCANTIL, de fecha 02 de diciembre de 2008, y un segundo cheque por honorarios profesionales por la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 1.500,00), mediante cheque de gerencia Nº 03004103, del BANCO MERCANTIL, de fecha 02 de diciembre de 2008, dejando constancia de dichos pagos en el expediente. Seguidamente, la parte demandante acepta y conviene que con el pago presentado, quedan satisfechos los conceptos enunciados anteriormente, no quedando a deber ni estos ni ningún otro concepto derivado del vínculo laboral que los unió. SEGUNDO: Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada. Asimismo, se deja expresa constancia que las pruebas aportadas por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar, les han sido devueltas. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZ,

DRA. IMPERIO SALAZAR YEPEZ

LAS PARTES COMPARECIENTES:

PARTE ACTORA,


APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA,


APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,



LA SECRETARIA,

ABG. ANGELY ARIAS
Exp. Nº WP11-L-2008-000286