JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.- San Cristóbal, Dos de Diciembre de dos mil ocho.

198º y 149º

Vista la Transacción celebrada por el abogado GUSTAVO JOSÉ RANGEL JOLLEY, apoderado Judicial de la ciudadana LILIBETH MARTÍNEZ APONTE, parte demandante por una parte; y por la otra parte la ciudadana ISIS LADY CATHERINE ISAZA ESCALANTE, asistida por la abogada EDITH K. ROSALES MARQUEZ, parte demandada en la presente causa, que consta en el despacho de embargo corriente a los folios 13 al 15 del Cuaderno de Medidas, en consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR LA TRANSACCIÓN CELEBRADA por el abogado GUSTAVO JOSÉ RANGEL JOLLEY, apoderado Judicial de la ciudadana LILIBETH MARTÍNEZ APONTE, parte demandante por una parte; y por la otra parte la ciudadana ISIS LADY CATHERINE ISAZA ESCALANTE, asistida por la abogada EDITH K. ROSALES MARQUEZ, parte demandada, en razón de que la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles. Se le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Se acuerda proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. No se da por terminada la presente causa, ni se ordena el archivo del expediente hasta tanto conste en autos el cumplimiento total de la transacción celebrada. Cúmplase.


LA JUEZ TEMPORAL,


ABOG.. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA,


ABOG. JEINNYS MABEL CONTRERAS P.