REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO TÀCHIRA. Independencia, 01 de diciembre de 2008.
198º y 149º
Visto el CONVENIMIENTO realizado en fecha 25 de noviembre de 2008, por el ciudadano PASTOR ZAMBRANO RIOS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-10.154.328; a la solicitud de aumento de la obligación de manutención, realizada por la ciudadana CARLINA ELIZABETH CONTRERAS GÁMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.491.606, a favor de los Hermanos …; por cuanto dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
LA SECRETARIA,
ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se libró boleta de notificación al Fiscal XIII del Ministerio Público. Se publicó siendo la (s) _________, quedó registrada bajo el N° ________, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
Abg. Maurima Molina C. / Secretaria.
Exp. Nº 1085-2004
BYVM/lcm.