Acuerda el cese de la medida de coerción recaída en contra del los ciudadanos YORMAN ANDRES ROJAS BRICEÑO, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 12.865.613, y JACKSON JOSE ARIZA MARTINEZ, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 12.584.456, en el presente asunto signado con el Nro. WJ01-P-2002-00023. Todo de conformidad con lo establecido en el articulo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo cual se acuerda su libertad sin restricciones, debiendo comparecer por ante este despacho a los fines de suministrar la dirección exacta u otra donde se pueda localizar, así como un numero telefónico para que se presente únicamente a la Audiencia Preliminar, previa citación librada al efecto.