En el día de hoy miércoles (17) de Diciembre de dos mil ocho (2008), siendo las 9:20 am, tal como fue acordado en el auto anterior, se traslado el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Ayacucho, Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Tachira y se constituyó en la casa S/N, ubicada en la Avenida Luis Hurtado Higuera, de la Ciudad de San Juan de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, a fin de ejecutar el Mandamiento de Ejecución, decretado por el Juzgado del Municipio Ayacucho de esta Circunscripción Judicial, por juicio incoado por la ciudadana: PAOLA LUCARINI BORTOLANI, quien actúa en nombre y representación de su hija: MARIA EMMA CHAVEZ LUCARINI, demandan al ciudadano: HUGO ARMANDO CHÁVEZ RAMIREZ, por CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, librado en el expediente N° 539/03. Constituido el Tribunal Ejecutor en el referido inmueble, procedió a solicitar al demandado, ciudadano: HUGO ARMANDO CHAVEZ RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.111.276, con domicilio donde esta constituido el Tribunal, de estado civil soltero, a quien el Tribunal lo notificó de la medida de embargo a ejecutarse; y expuso: “Quedo notificado de la misión de este Juzgado Ejecutor de Medidas”. Seguidamente este Tribunal Ejecutor, procede a identificar la parte ejecutante, ciudadana: PAOLA LUCARINI BORTOLANI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.984.287, asistida del abogado en ejercicio: LEONIDAS BOSCAN, titular de la cédula de identidad N° V-2.540.544, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 12.233, de este domicilio. Seguidamente este Tribunal Ejecutor de Medidas acuerda designar de Depositario Judicial al ciudadano: SIGILO ALFREDO PULGAR GALUE, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 3.368.714, en su carácter de representante de la Depositaria Judicial La Seguridad; y de perito al ciudadano: Ciervo Molina, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 2.551.090, de este domicilio, quienes estando presentes en este acto, el Tribunal les tomó el juramento de ley y expusieron: “Aceptamos los cargos en nosotros recaídos y juramos cumplir bien y fielmente con todo lo inherente al mismo”. Seguidamente en este acto la parte ejecutante, debidamente asistida de abogado, ya identificados, solicitó el derecho de palabra y concedido que le fue por el Tribunal, expuso: En este estado el ciudadano: HUGO ARMANDO CHÁVEZ RAMIREZ, ya identificado, asistido del abogado: RUBÉN COLMENARES RAMIREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 4.112.245, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 69.303, de este domicilio, solicitó el derecho de palabra y concedido que le fue por el Tribunal Ejecutor de Medidas, expuso: “En virtud de la presente medida de embargo, decretado y acordada por el Tribunal de la causa y a los fines de cumplir con la misma en este acto, ofrezco pagar la cantidad de CUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs. 4.320,00), en dinero en efectivo, que es el monto liquido y exigible, igualmente ofrezco pagar la cantidad de mil trescientos cincuenta bolívares (Bs. 1.350,00), a los fines de que sean sufragados gastos que fueron ocasionados producto de la practica de esta medida, por lo que pido formalmente a este Tribunal sea aceptado dicho ofrecimiento en los términos expuestos por la parte ejecutante”. Es todo. Seguidamente la parte ejecutante, debidamente asistido de abogado, ya identificados, solicitó el derecho de palabra y concedido que le fue por este Tribunal Ejecutor, expuso: “Acepto la oferta de pago que se me hace en este acto”. Seguidamente en este estado este Tribunal Ejecutor de Medidas, visto el convenimiento habido entre las partes ya identificadas en la presente acta, declara terminada la ejecución de esta medida, y acuerda regresar a la sede a las 10: 20 minutos de la mañana. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ EJECUTOR
RAMON ALI MENDEZ VASQUEZ

EL NOTIFICADO DEMANDADO
HUGO ARMANDO CHAVEZ RAMIREZ

EL EJECUTANTE
PAOLA LUCARINI BOTOLANI

ABOGADO ASISTENTE DEL NOTIFICADO.
ABG. RUBEN COLMENARES RAMIREZ

ABOGADO ASISTENTE DEL EJECUTANTE
LEONIDAS BOSCAN.

AGENTES POLICIALES

DEPOSITARIO JUDICIAL
SIGILO A. PULGAR GALUE.

PERITO AVALUADOR PROVISIONAL
CIERVO MOLINA.

EL SECRETARIO
WILLIAM F. ZAMBRANO

COMISION N° 645/2008.