REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
San Cristóbal, 02 de Diciembre de 2008
Visto el escrito presentado por el penado CARLOS ARTURO GUZMAN RIOS, mediante el cual solicita se le entregue sus Cedulas de Identidad, tanto de residente como de ciudadanía, las cual se encuentra agregada al expediente, ya que se encuentra gozando del beneficio de Destacamento de Trabajo y necesita portar sus documentos de identidad.
Por lo anteriormente expuesto ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN NUMERO TRES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA., DECIDE: Se ordena la entrega de la Cedula de Identidad N° 24.992.426 y la Cedula de Ciudadania N° 14.227.180, al penado CARLOS ARTURO GUZMAN RIOS,, la cual se encuentra inserta a los folios 13 y 159 de la primera pieza de la causa y en su lugar se deje copia simple de las mismas. .Déjese copia, regístrese y Notifíquese.
Abg. ISBETH SUAREZ BERMUDEZ
JUEZ TERCERA DE EJECUCIÓN
Abg. MARIA ALEJANDRA GUTIERREZ
LA SECRETARIA
Causa N° E3-3042