REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 197° y 148°
ACTA
ASUNTO Nº SP01-L-2008-000893
PARTE ACTORA: FREDYY OMAR ONTIVEROS SALCEDO, identificado con la cédula Nro.V-18.392.380.
APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: KARLASILENY SOSA MORENO inscrita en el Impreabogado bajo el Nro.97.375.
PARTE DEMANDADA: PANADERIA LA NUEVA PRINCESA C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: THAIS GLORIA MOLINA CASANOVA inscria en el I.P.S.A. bajo el Nro.26.129.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, cinco (05) de diciembre de 2008, siendo las 8:45 de la mañana, oportunidad fijada para celebrar la prolongación de la Audiencia Preliminar, el Tribunal celebra la misma con la presencia por la parte actora del ciudadano FREDYY OMAR ONTIVEROS SALCEDO, identificado con la cédula Nro.V-18.392.380, asistido por la Procuradora del Trabajo, abogada KARLASILENY SOSA MORENO inscrita en el Impreabogado bajo el Nro.97.375, y por la parte demandada la abogada THAIS GLORIA MOLINA CASANOVA inscrta en el I.P.S.A. bajo el Nro.26.129, los cuales a los fines de dar por terminada la presente causa hicieron el siguiente acuerdo: La parte demandada ofrece la suma única de DOS MIL BOLIVARES (Bs.2.000,oo) pagaderos en este acto, mediante cheque Nro. 65210017 de la cuenta corriente Nro. 00070089470000003076 contra BANFOANDES. Por su lado la parte actora declara que acepta la oferta realizada y que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. Acto seguido el Tribunal HOMOLOGA EL ACUERDO RELAIZADO ENTRE LAS PARTES y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena el archivo del expediente una vez conste en autos el cumplimiento de la obligación contraída. Ambas partes reciben las pruebas promovidas. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez,
Abg. ANA MERCEDES MORA RIVAS
La Parte Demandante, Parte Demandada,
La Secretaria,
Abog. Lisbeth Pineda.
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