REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, veintidós (22) de Enero del dos mil ocho (2008)
197° y 148°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-S-2007-000383
PARTE ACTORA: ORIETTA MARGARITA OJEDA MENDEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 11.568.113.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: No compareció.
PARTE DEMANDADA: “ALMACENADORA BRAPERCA, C.A.”
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: No compareció.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.

En el día hábil de hoy, martes veintidós (22) de enero del dos mil ocho (2008), siendo las diez (10:00 a.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la incomparecencia de ambas partes al acto. Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas visto como es que sin la presencia de las partes quedaría desvirtuado el principio de la inmediación, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara EXTINGUIDO EL PROCESO de conformidad con lo establecido en el artículo 11 en concordancia con el articulo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.-
LA JUEZ,

DRA. IMPERIO SALAZAR YEPEZ




LA SECRETARIA,

ABG. ANGELY ARIAS
Exp. Nº WP11-S-2007-000383