REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal de Circuito Judicial Penal del Estado Vargas
Sección Adolescente
Macuto, 22 de Enero de 2008
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL : WP01-D-2007-000244
ASUNTO : WP01-D-2007-000244
SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO
Vista la solicitud de sobreseimiento definitivo que presentó por ante este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas la Fiscal Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas a favor del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA por el delito de: POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES.
En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, fundamenta su decisión conforme al artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal, utilizado por remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, de la siguiente manera:
Analizadas las actas que conforman la presente causa se observa “de los hechos se evidencia que la conducta desplegada por el adolescente imputado, supone una conducta no subsumible en ningún tipo penal en virtud de no estar descrita en la ley como hecho punible lo que conduce a la no incriminación del hecho por ausencia del tipo que la describa”.
De acuerdo a los hechos explanados por la representación fiscal no existe una condición necesaria para atribuir la responsabilidad penal a la adolescente de autos por cuanto se evidencia de los mismos hechos esgrimidos por la representación fiscal la ausencia de algún tipo penal que se le pueda atribuir al adolescente; la Ley orgánica para la Protección del Niño y del adolescente pauta en su artículo 529 “Ningún adolescente puede ser procesado ni sancionado por acto u omisión que al tiempo de su ocurrencia, no esté previamente definido en la ley penal, de manera expresa e inequívoca, como delito o falta”… en consecuencia lo procedente es decretar el sobreseimiento definitivo a favor del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, por el delito de: POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES . Así se decide.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, por el delito de: POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES; de conformidad con lo establecido en el artículo 561 literal “d” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Regístrese. Publíquese. Notifíquese a las partes.
LA JUEZ PRIMERO EN FUNCION DE CONTROL
ABG. CELESTE JOSEFINA LIENDO LIENDO
LA SECRETARIA
ABG. YASNALDY CASTRO CASTILLO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo decidido
LA SECRETARIA
ABG. ABG. YASNALDY CASTRO CASTILLO
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