En el día de hoy 31 de Enero de 2008, siendo las 09:00 de la mañana constituido el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio en la Sala de Juicio del Circuito Laboral de esta Circunscripción Judicial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151 de la Ley Orgánica procesal del Trabajo, tuvo lugar la realización de la Audiencia Constitucional en la presente causa precedida por el Juez de Juicio ciudadano Dr. Walter Antonio Celis Castillo, con asistencia de la Secretaria del Tribunal Abogada Nory Gotera Bravo, con motivo de la acción de amparo interpuesta por la ciudadana Abogada YUNMY COROMOTO SÁNCHEZ MANTILLA, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad N° V-9.248.291, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 53.221, en contra de la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO TÁCHIRA, actuando en su propio nombre. Se deja expresa constancia de la comparecencia de la ciudadana Abogada YUNMY COROMOTO SÁNCHEZ MANTILLA, antes identificada, actuando en su propio nombre. Igualmente se deja constancia de la comparecencia de la ciudadana Abogada ERICA YOLIMAR BECERRA CASANOVA en su carácter de INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO TÁCHIRA, actuando en su propio nombre, inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el N° 76.888. Asimismo se deja constancia que la presente audiencia fue reproducida en forma se dejó expresa constancia que la presente Audiencia será reproducida de manera audio-visual en una cámara de video, Marca Sony Digital Handycam, Serial 444001, manipulada por el técnico audiovisual adscrito al Circuito Judicial Laboral de esta Circunscripción Judicial, ciudadano JESÚS PAREDES. Seguidamente el Juez Informó, que cada parte tendrá un lapso de diez (10) minutos para sus intervenciones, a fin de que expongan los alegatos y defensas que consideren pertinentes, a los fines de obtener un clima igualitario. Luego de la exposición de la parte presuntamente agraviada, el ciudadano Juez le concedió el derecho de palabra a la presunta agraviante quien expuso: Que el Organismo que representa INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO TÁCHIRA dio cumplimiento a lo solicitado por la presunta agraviada en todo y cada uno de lo solicitado, consignando copias certificadas de haberse iniciado el procedimiento de multa, en fecha 23 de enero de 2008. Acto seguido el ciudadano Juez le concede el derecho de palabra a la parte presuntamente agraviada y expuso: Vistas como fueron las pruebas consignadas por la parte agraviante se constata y evidencia que ciertamente se dio cumplimiento a lo solicitado en el presente Recurso de Amparo, por lo tanto Desisto del mismo y solicito el cierre y archivo del expediente. Seguidamente el ciudadano Juez oída las exposiciones de las partes dicta la Decisión en los siguientes términos: EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ÉSTE JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Declara: PRIMERO: DESISTIDO la Solicitud de Amparo Constitucional, interpuesto por la ciudadana Abogada YUNMY COROMOTO SÁNCHEZ MANTILLA, presunta Agraviada contra la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO TÁCHIRA, en la persona de la ciudadana Abogada ERICA YOLIMAR BECERRA CASANOVA, por cuanto dio cumplimiento a lo solicitado en la presente Acción de Amparo Constitucional. Y así se decide. Se ordena el archivo definitivo y cierre del presente asunto. Es todo, se leyó, terminó y conformes firman.
JUEZ TITULAR DE JUICIO


Dr. WALTER CELIS



Presunta Agraviada


Presunto Agraviante


Abogado Asistente del Presunto Agraviante




La Secretaria



Abg. Nory Gotera Bravo.-