REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CRICUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
JUEZ UNIPERSONAL Nº 03

San Cristóbal, 31 de Enero del año 2008.
197º y 148º

Vista el acta anteriormente celebrada de AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION entre los ciudadanos ARCINIEGAS CUELLAR LUZ MARY y OSTOS ALVIAREZ JOSE ARMANDO, quienes se identificaron como venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V.- 9.225.716 y V.- 10.783.001, los cuales en presencia de la ciudadana Juez llegaron al siguiente acuerdo: PRIMERO: El padre ofrece AUMENTAR LA OBLIGACION DE MANUTENCION, a la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTES. SEGUNDO: Para gastos escolares ofrece cancelar una cuota doble por el mismo monto por concepto de gastos escolares, así como la tiquera que como hija de funcionario, emite el patrono la cual esta siendo retirada por la progenitora directamente. TERCERO: Para gastos decembrinos ofrece una cuota especial de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES, aclarándose que esto es adicional a la cuota mensual de DOSCIENTOS BOLIVARES, es decir en diciembre cancelara un total de QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES, aunado a que la madre retira la tiquera que por regalo navideño le dan a la hija por ser hija de funcionario. Dicho ofrecimiento lo acepta la madre. Dicho acuerdo comenzara a regir a partir del mes de febrero del año en curso
En consecuencia, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 375 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 8 y 27 ejusdem, este Juez Unipersonal Nro. 03, de la SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo por OBLIGACION DE MANUTENCION, acordado por los ciudadanos anteriormente identificados, Otórguese fuerza ejecutiva, procédase en Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Publíquese y déjese copia para el archivo del Tribunal. Cúmplase.

ABG. HIRIAN MERCEDES MONTOYA RODRIGUEZ
JUEZ UNIPERSONAL TITULAR Nro. 03
ABG. GEORGE LASTRA POZO
SECRETARIO
En la misma fecha se cumplió lo acordado
EXP. Nro. 22710 * Aumento de Obligación de Manutención.-
Zulma.-