REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
197° y 148°
Visto el contenido del acta suscrita ante el Tribunal Segundo Especial de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 06 de diciembre de 1999, donde los abogados ALEXIS CACERES PAZ y JHONNY CLARET DUQUE PAZ, inscritos en el I.P.S.A. bajo los números 48.322 y 28.352 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandante ciudadano JOSE GREGORIO ANGEL PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.795.049, por una parte y por la otra, el ciudadano FERNANDO FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.028.659, asistido por el abogado PEDRO PABLO RAMÍREZ JAIMES, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 50.865, donde deciden poner fin al presente juicio mediante TRANSACCIÓN; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. El Juez Temporal (fdo) GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR, la Secretaria (fdo) MARIA E. VILLAMIZAR DE GALVIS. Hay sello húmedo del Tribunal.
Quien suscribe MARÍA E. VILLAMIZAR DE GALVIS, Secretaria del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción
Judicial del Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil CERTIFICA: La autenticidad de la copia de la sentencia N° 10, siendo las 10:00 a.m., que antecede, la cual es traslado fiel y exacto de su original que corre inserta en el expediente N° 0897-1999, cuyas partes son: PARTE DEMANDANTE: ciudadano JOSE GREGORIO ANGEL PEREZ, PARTE DEMANDADA: ciudadano FERNANDO FERNANDEZ; MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES TRAMITADO POR EL PROCEDIMIENTO DE INTIMACIÓN. San Cristóbal, 16 de ENERO del año 2008.
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