REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN, RAFAEL Y URDANETA
GADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Rubio, Diecisiete de Enero de Dos Mil Ocho.
197º y 148º
Visto el Acto Conciliatorio celebrado entre los Ciudadanos: ARELYS MARIA SALAMANCA RAMON y ALEXANDER ERNESTO DELGADO parte demandad y parte demandante en la presente causa ambos asistidos por la Abogada EVELYN DEL VALLE VELANDIA USECHE, en fecha 11 de Enero de 2008. Este Tribunal acuerda de conformidad con lo convenido. En consecuencia este Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley lo declara Homologado, a fin de que se proceda pasada en autoridad de cosa juzgada, así mismo se ordena oficiar al Jefe a la Empresa JACK de la Oficina de Recursos Humanos del Centro Médico Rubio C.A. a los fines de ordena conforme a lo solicitado la suspensión total a partir del 01 de Febrero de 2.008 de los descuentos de nómina que actualmente esa Empresa realiza del sueldo que devenga el Ciudadano: ALEXANDER ERNESTO DELGADO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 11.105.597. Así mismo se levanta en su totalidad la medida de RETENCION DE PRESTACIONES SOCIALES AL IGUAL QUE DE CUALQUIER FIDEICOMISO QUE HAYA GENERADO LAS MISMA, quedando completamente libres y a disposición del Ciudadano: ALEXANDER ERNESTO DELGADO.Líbrese oficio.
La Jueza Provisoria,
Abg. ANA RAMONA ACUÑA.
El Secretario Titular,
Abg. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior librándose el oficio Nº 3170-