DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta la aplicación del Procedimiento ABREVIADO contemplado en el artículo 248 y el Ordinal 1º del Artículo 372 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO. DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, del ciudadano PASQUALE FERRARO GUARINO, titular del cedula de identidad, nº V-6.505.249, nacido el 14-05-1966, de 41 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio : Comerciante, hijo de ANA DE FERRARO (v) Y GIUSEPE FERRARO (F), residenciado en: Av. principal de palo verde, edificio, Monte sacro, piso 08, apartamento nº 32, Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 en relación con los ordinales 1° 2°, 3° y del parágrafo Primero del artículo 251 y el artículo 252 del Código Orgánico Procesal Penal, quien fue aprehendido por la presunta comisión del delito de Transporte Ilícito de Sustancias Estupefaciente y Psicotrópicas, previsto y Sancionado en el tercer aparte del Artículo 31 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Publíquese, regístrese y diarícese la presente decisión.
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL
DRA. KARIN P. MENDEZ M.
LA SECRETARIA
ABG. YORDELIS ZAMORA
En esta misma fecha se da cumplimiento a lo ordenado en auto.
LA SECRETARIA
AGB.YORDELIS ZAMORA
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