En el día de hoy, jueves diecisiete de enero de dos mil ocho, siendo las 11:50 de la mañana, se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, ANDRÉS BELLO, FERNÁNDEZ FEO Y LIBERTADOR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la abogada en ejercicio MARITZA RODRIGO ALARCÓN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 8.905, quien actúa con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadano JOSÉ BARRETO CARDOZO, è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Lote de terreno, ubicado en la carrera 7 entre calles 1 y 2, Barrio Ambrosio Plaza, Sector Pueblo Nuevo de esta ciudad de San Cristóbal del Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretado sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada Empresa INDURCA Y VENEVIAS, C.A., en el JUICIO que por COBRO DE BOLIVARES POR DEPÓSITO JUDICIAL se sigue en el expediente Nº 6079-2004 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial Dtgdo Jackson Gamboa, placa 2227. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado comitente, y cede el derecho de palabra a la parte actora, quien expuso: “Solicito a este digno Tribunal Ejecutor de Medidas se Abstenga de la presente ejecución en este acto, y en consecuencia se fije una nueva oportunidad a fin de llevar a efecto la practica de la medida ejecutiva, es todo”. El Tribunal visto lo solicitado por la parte actora acuerda Abstenerse de la práctica de la medida de Embargo Ejecutivo en el día de hoy, y acuerda fijar nueva oportunidad por auto separado. Es todo. No siendo mas concluye el acto a las 1:00 p.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TITULAR,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.
LA PARTE ACTORA,
ABG. MARITZA RODRIGO ALARCÓN
EL FUNCIONARIO POLICIAL,
Dtgdo JACKSON GAMBOA.
LA SECRETARIA,
HAYDEÉ SOCORRO MORENO
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